Made in USA: Sociedades e impuestos corporativos para extranjeros

image

Omar Contreras Borbón y Fabián Melhem Assad 1


“Made in USA: sociedades e impuestos corporativos para extranjeros” es un artículo que describe las razones para invertir en Estados Unidos, compara el tamaño de su economía y la capacidad de compra de su población frente a otros países, sintetiza el tipo de sociedades que pueden constituir extranjeros en suelo estadounidense, analiza las ventajas y desventajas en la utilización de sociedades mercantiles dependiendo su naturaleza jurídica; y, compara la carga administrativa y fiscal en varios estados que se distinguen por su facilidad en la apertura de empresas.

Razones para invertir en Estados Unidos

Invertir en Estados Unidos sigue siendo una atractiva opción para el desarrollo de negocios. Las razones son diversas, entre ellas destacan la capacidad de consumo de su población, el tamaño de su mercado, su liderazgo en investigación y desarrollo, la facilidad para emprender y hacer negocios, el desarrollo de talentos, sus abundantes recursos naturales, el acceso a su mercado financiero, el crecimiento y la estabilidad de su economía, y, la disminución de impuestos a partir de la reforma fiscal promovida por Trump en 2017.

El anhelo de cualquier inversionista es colocar su empresa en el mercado global para poder expandirse, entrar en la globalización no necesariamente implica constituir grandes consorcios multinacionales, sino vincularse al mercado de consumidores más amplio del mundo, el más vinculado al comercio internacional y que requiere de bienes y servicios para su producción y consumo: Estados Unidos.

Su amplio número de consumidores, que supera los 327 millones de personas y su Producto Interno Bruto, superior a los 20 billones de dólares anuales, hacen que Estados Unidos se coloque en la cima de las economías a nivel mundial. Las seis empresas más grandes del mundo son estadounidenses; y, en el ranking de las empresas más grandes, Estados Unidos ocupa 8 de 10 posiciones, dejando la posición 7 y 10 para dos empresas chinas.

La economía estadounidense es superior en 7 billones de dólares a la China, que tiene una población 4 veces mayor, es 18 veces más grande que la mexicana. Su Producto Interno Bruto es comparable al de la Unión Europea cuya población es superior en 200 millones de habitantes a la estadounidense.

El producto interno bruto per cápita de los estadounidenses supera los 63 mil dólares anuales, por encima de los 37 mil dólares de los habitantes de la Unión Europea y muy por encima de su principal socio comercial: México, que alcanza apenas los 9 mil dólares anuales por habitante.

El gasto anual del gobierno federal de los Estados Unidos es de 4.7 billones de dólares, 20 veces mayor al presupuesto de egresos de la federación en México; de hecho, solo los 733 mil millones de dólares de gasto en defensa es cercano al Producto Interno Bruto anual de Suiza.

Estados Unidos, a diferencia de América Latina y las economías emergentes, salvo China e India, ha venido creciendo sostenidamente hasta alcanzar una tasa del 3% en 2018, es la única economía desarrollada que ha seguido creciendo, aún con los problemas relacionados a la desaceleración económica mundial provocada por la guerra comercial que sostienen los dos gigantes económicos, esto ha provocado que la Euro Zona haya crecido apenas un 1.9% en 2018 y prevea un crecimiento apenas del 1.2% para 2019, mientras que los principales referentes internacionales estiman que Estados Unidos crecerá en 2019 un 2.3%, el doble que la Euro Zona. Crecimiento muy alejado al que vive México, que creció apenas un 1.1% durante 2018 y que en 2019 tendrá seguramente un crecimiento económico cercano a cero.

Estados Unidos es el país con mayor cantidad de patentes registradas y es líder mundial en investigación y desarrollo; posee un robusto nivel de protección de patentes, marcas, propiedad intelectual e industrial; cuenta con sólidos sistemas de incubadores de negocios y una amplia red de universidades y centros de innovación que permiten atraer talentos y generan un mercado laboral que destaca por su diversidad, su competitividad y alta movilidad, es catalogado uno de los más productivos del mundo. Aunque es verdad que el grado de desarrollo humano, medible solo mediante la equitativa distribución de la riqueza, dista mucho de alcanzar los estándares de los países nórdicos que se distingues por ser Estados de bienestar; éste artículo no tiene la intención de crear conciencia sobre la justa distribución de la riqueza, sino de proveer a inversionistas y emprendedores un panorama general de las razones por las cuales elegir el mercado estadounidense representa una buena opción y más aún, pretendemos comparar ciertos estados cuyas tasas impositivas y reglamentaciones facilitan la atracción de inversiones y la constitución de sociedades para extranjeros.

El mercado financiero estadounidense es extremadamente robusto, es el más desarrollado, líquido, flexible y eficiente del mundo; las reservas internacionales en los bancos centrales están fijadas en dólares estadounidenses y el comercio internacional de petróleo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo utilizan al dólar como medio de cambio. Se calcula que el 87.6% de los negocios FX (mercado de divisas) utilizan el dólar estadounidense como moneda para las transacciones, mientras que el Euro es usado en apenas el 31.4% y al Yen japonés en el 21.6% de las transacciones internacionales; por su parte, el peso mexicano es usado apenas en el 1.9% del volumen de negocios a nivel mundial.2

En Estados Unidos existe una gran gama de opciones de financiamiento que proporcionan ventajas frente a otros mercados, tasas de interés que compiten entre sí por atraer deudores; es simplemente una sociedad de consumo acostumbrada a deberlo todo y a sacar el mayor provecho del crédito. Adicionalmente, la facilidad para establecer empresas y su rápida apertura le han valido a Estados Unidos destacar en la 6ª posición mundial, de un total de 180 países, en la sencillez para apertura de negocios en 2018, de acuerdo al estudio “Doing Business” elaborado por el Banco Mundial.3

Establecer una empresa ahí nos coloca en la antesala de las operaciones internacionales, además, lo cierto es que automáticamente, una empresa gana prestigio y oportunidades por asentarse en la principal potencia económica mundial.

Tipos de sociedades que cotizan en Bolsa en Estados Unidos

Para poder establecer una entidad (sociedad mercantil) con actividad comercial, es plausible que la sociedad tenga su domicilio en el mismo lugar donde opera. La naturaleza jurídica de dichas sociedades operativas en los Estados Unidos son:

    1. Tipo C     Corporation o Corporación Tradicional;
    2. Tipo S      Corporation o Corporación Preferente; y,
    3. LLC          Limited Liability Corporation.

La C-Corporation es aquella sociedad mercantil tradicional donde el capital lo acumula directamente la sociedad y puede ser distribuido a los accionistas mediante el pago de dividendos, esta sociedad representa una persona distinta a los socios en materia fiscal y legal; y, por lo tanto, está sujeta de impuestos corporativos federales y, en su caso, estatales.

La S-Corporation y la LLC son las corporaciones denominadas “Pass-Through-Entities” donde las obligaciones fiscales se transmiten directamente a los socios; sin embargo, en el caso de la S-Corporation todos los socios tienen que ser ciudadanos estadounidenses; ninguna de ambas sociedades puede cotizar de manera pública en la Bolsa de Valores, además de que no atrae a la inversión por falta de acumulación de capital, ya que tienden a distribuir casi la totalidad de las utilidades a sus socios, por lo que son susceptibles de mayor fiscalización por parte del Internal Revenue Services, IRS (oficina de impuestos de los Estados Unidos).

Los tipos de sociedades mercantiles que pueden cotizar en bolsa son de tres tipos:

    1. C-Corporation
    2. Master Limited Partnership
    3. Real Estate Trust Trade.

De ellas, la única que puede ser constituida exclusivamente por extranjeros y cotizar de manera pública en la bolsa de valores es la corporación tradicional, denominada Corporación Tipo C; también es la que atrae mayor cantidad de inversiones y es la única que puede ser operada completamente por extranjeros no residentes en los Estados Unidos.

Por lo tanto, si el objetivo de una empresa que se establezca en Estados Unidos es crear acciones y ofertarlas de manera pública o privada, la única forma de operar sin ser ciudadano americano es bajo el esquema de la corporación tipo C o mejor conocido como corporación tradicional o genérica.

Tipos de sociedades para extranjeros

El “Internal Revenue Code” (Código de Rentas Internas) delimita el tipo de de sociedades mercantiles que pueden ser constituidas por extranjeros, en este tipo de corporaciones se ubican principalmente dos:

    1. La corporación tipo C o corporación tradicional.
    2. La “Limited Liability Company” o compañía de Responsabilidad Limitada.

Corporacion Tipo-C

Las corporaciones tipo C, o simplemente corporaciones, obtienen su nombre del Capítulo del código de impuestos del IRS que regula el pago de sus contribuciones. En efecto, dichas corporaciones están reguladas en el capítulo C del Código de Rentas Internas. La Corporación tipo C es una entidad legal responsable de sus propias deudas y paga sus propias contribuciones. Los propietarios de una corporación C se llaman accionistas y permanecen protegidos de la responsabilidad por las acciones de la compañía; de manera personal pagan impuestos sobre los dividendos recibidos de las acciones personales.

La corporación tipo C puede ser constituida por extranjeros no residentes, la totalidad de sus accionistas podrían ser extranjeros; quienes deben, en primer lugar, registrar sus “Articles of Incorporation” (Artículos de Incorporación) en el estado donde se presenten y a su vez pagar los derechos por su registro, el cual se identifica con el nombre de “Business License”, derecho que varía en su monto dependiendo del estado en que se registre e incluso del monto del capital social que se aporte en su constitución.

Esta sociedad destaca por crear una entidad con personalidad fiscal y legal distinta a la de los socios que a componen, razón por la cual está sujeta a impuestos corporativos del 21% a nivel Federal 4 y que pueden elevarse dependiendo del impuesto corporativo que se les aplique a nivel estatal, de acuerdo a la legislación de cada estado. Este tipo de sociedades son ampliamente recomendadas para corporaciones que pretenden invertir un monto superior a los 500 mil dólares en capital social; se recomienda también para compañías que, por su elevado potencial de crecimiento, pretenden cotizar en bolsa, emitir deuda o buscar inversión privada en general.

Los accionistas y/o directores de este tipo de corporaciones pueden ser extranjeros no residentes en Estados Unidos e incluso puede ser constituida de manera exclusiva por una empresa extranjera que se haya registrado como persona moral en su país de origen; para tal efecto, la persona moral constituida de manera legal fuera de los Estados Unidos, que pretenda constituirse en Estados Unidos, podrá comparecer como sociedad, sin necesidad de que comparezcan los socios de manera individual. No obstante lo anterior, es recomendable, para efectos de disminución de tiempos, facilidad administrativa y fiscal, que como accionista o miembro del “Board of Directors” (Consejo Directivo) se incluya un individuo residente de los Estados Unidos.

Una corporación tipo C se rige bajo una estructura clásica de gobierno corporativo, que incluye la creación del “Board of Directors” o Consejo de Administración de la sociedad.  

La Corporación puede además crear una estructura especial denominada “Close Corporation”5 esto se recomienda para pequeñas y medianas empresas familiares, por las facilidades y libertades que se obtienen en su operación en los Estados Unidos. La desventaja de las “Close Corporation” es su limitación al un máximo de entre 30 y 50 accionistas, dependiendo del estado en el que se constituya. No recomendamos este tipo de sociedad para extranjeros por sus desventajas, entre las que destacan la complejidad de los acuerdos, la imposibilidad de cotizar en bolsa y porque los accionistas pueden tomar decisiones de dirección sin pertenecer al Consejo de Administración o “Board of Directors”.

Ahora bien, las empresas que se constituyan de forma genérica, pueden tener el número de accionistas y de acciones que mejor le convenga; pero están obligadas, forzosamente, a tener un gobierno corporativo definido, que debe contar al menos con un Director, en algunos estados es obligatorio delimitar al momento de su constitución la lista inicial de oficiales de la compañía, quienes no requieren ser accionistas pero tendrán facultades y obligaciones como miembros del Consejo de Administración o “Board of Directors”. Los cargos principales son Presidente, Secretario y Tesorero; requisitos, facultades y obligaciones que están reguladas en mayor o menor medida por las legislaciones de cada estado.6

Después de haberse constituido, una Corporación tipo C debe generar su propio libro corporativo, realizar su respectiva aportación del capital social, generar su sello corporativo (obligación que se ha extinguido en algunos estados) y, por último ,deberá de redactar sus propios Estatutos, conocidos en el argot jurídico estadounidense como ¨Bylaws”7 .

La forma en la que se pueden distribuir las utilidades de la empresa a los accionistas de la compañía, además del pago de salarios, es mediante el pago de dividendos, que está sujeto en el caso de las corporaciones tipo C a un impuesto denominado ¨Capital Gains Tax¨ 8 proporcional a la cantidad de utilidades que genere la empresa, de conformidad a una tabla que determina el IRS a nivel federal que va del 0% al 20% y que puede ser gravado adicionalmente por “Capital Gains Tax” estatal, de acuerdo a los porcentajes que determine el estado donde tenga domicilio fiscal la empresa. 

Personas morales y físicas extranjeras por igual, pueden ser titulares de las acciones de una compañía estadounidense, la lista inicial de accionistas se debe de publicar al menos 10 días antes de cualquier asamblea (aún siendo la inicial) y puede (en caso de duda) ser ratificado por el “Board of Directors” o sus accionistas, pero siempre, sin excepción, debe ser publicada dicha lista por el Secretario de la sociedad.

En síntesis, existen ciertos elementos a tomar en cuenta para decidir sobre constituir una corporación tipo C:

  1. La ventaja principal de formar una corporación es la facilidad para atraer inversionistas privados que en Estados Unidos adquieren la connotación de capitalistas de riesgo bajo las denominaciones de ¨Venture Capitalist¨ y ¨Angel Investors¨. Lo anterior solo es posible en corporaciones tipo C debido a la seguridad jurídica de las mismas, su facilidad en acumulación de capital, que puede ser utilizado incluso para solventar deudas, y por la nula carga fiscal para inversionistas en tanto no exista reparto de dividendos, en cuyo caso el gravamen será proporcional al monto de dividendos que se perciban.
  2. No existen retenciones sobre utilidades de las empresas, el capital se conserva dentro de la corporación y únicamente se pagan impuestos al momento de distribuir los dividendos.
  3. Únicamente se pagan impuestos generados por la compañía en los estados donde opere, no se pagan cargas administrativas adicionales por operar en otros estados, lo que sí ocurre en las ¨Limited Liability Company, LLC¨ que están obligadas a declarar ingreso en todos los estados en los que realicen actos de comercio, aunque su operación se lleve a cabo en el lugar de su domicilio fiscal, misma regulación que es aplicable a los inversionistas.
  4. En las corporaciones tipo C existe mayor certidumbre respecto de la operación legal, pues existen disposiciones robustas que regulan a dichas sociedades; lo anterior atrae la confianza de inversionistas y otorga estabilidad a los emprendedores.
  5. La carga administrativa, por concepto de manejo de contabilidad u operación, es menor que una LLC que tributa en el régimen de ¨Partnership¨; se estima incluso que los costos administrativos en las corporaciones tipo C son menores a las de una LLC cuando generan ingresos superiores a los 85 mil dólares 9 por socio.

A continuación presentamos un estudio comparado sobre las cargas administrativas y fiscales en el ámbito federal y estatal en 5 estados de la Unión Americana, que se distinguen por su facilidad en la apertura de empresas.

Carga Fiscal Federal y Estatal para corporación tipo C

 

Nevada

Delaware

Texas

California

Colorado

Impuesto Corporativo Estatal

0%

8.70%*

0%

8.84%

4.63%

Impuesto Corporativo Federal

21%

21%

21%

21%

21%

Total

21%

29.70%

21%

29.84%

25.63%

*En el caso de Delaware no existe pago de impuesto corporativo estatal que provengan de ingresos fuera del estado.

Impuesto sobre las ventas. Sales Tax - Value Added Tax (IVA)*

 

Nevada

Delaware

Texas

California

Colorado

Impuesto Sobre las Ventas Estatal

4.60%

0%

6.25%

7.25%

2.90%

Notas: * No existe “Sales Tax” a nivel Federal.

Impuesto Especial “gross receipt tax” o “franchise fee”
Impuesto a la Ganancia Bruta exclusiva para Corporaciones en USA.

 

Nevada

Delaware

Texas

California

Colorado

Impuesto Estatal Especial de Licencia (Gross Receipt)

0.051%-0.331%*

0.0945%-0.7468%*

1%*

Cuota fija
$800 USD

0%

Notas: * Sobre ingresos brutos

Impuesto Federal y estatal sobre los dividendos*

 

Nevada

Delaware

Texas

California

Colorado

Impuesto Federal sobre los Dividendos

15%-20%

15%-20%

15%-20%

15%-20%

15%-20%

Impuesto Estatal sobre los Dividendos

0%

0%

0%

1%-13%

4.63%

Total

15%-20%

15%-20%

15%-20%

16%-33%

19.63%-24.63%

Notas: * Los dividendos se cobran de manera individual, en las declaraciones personales de los socios.

¨Limited Liability Company¨

La “Limited Liability Company” común transfiere sus obligaciones fiscales a los miembros (members) y los protege de deudas contraídas por la sociedad. A pesar de tener responsabilidad limitada, no se considera una sociedad de capital, pues no paga directamente impuestos, sino que sus obligaciones fiscales son transferidas a los socios, por eso se denomina “company” y no “corporation".

La ¨Limited Liability Company¨ se puede constituir de dos maneras, ya sea como ¨Partnership¨ haciendo que su carga administrativa se incremente, o el régimen más común para este tipo de sociedades denominado ¨Pass-Through-Entity¨10 , lo que significa que toda la carga fiscal de la corporación se transfiere inmediata y directamente a los miembros de la compañía, es decir, que la LLC no paga impuestos corporativos, sino que los miembros lo registran en su declaración de impuestos, ya que a diferencia de la Corporación tipo C, la LLC no paga dividendos, sino que distribuye el capital y distribuye obligatoriamente como mínimo el 21% de las utilidades anuales entre sus socios evitando el pago de impuestos corporativos.

Una vez que sus socios fundadores han decidido estable una compañía LLC debe ser registrada mediante un documento denominado “Articules of Organization” o artículos de organización ante el estado donde se desee regstrar; una vez autorizado su registro se debe crear un lineamiento general y operativo de la empresa denominado ¨Operating Agreement¨11 o acuerdo operativo. Es importante señalar que a diferencia de la corporación tipo C, la LLC no puede cotizar en bolsa ni emitir más acciones que las establecidas en su acuerdo operativo.

En una LLC los socios establecen sin limitación legal las disposiciones que más les convengan en el acuerdo operativo (documento similar a los “Bylaws” o Estatutos de las corporaciones), además de estar obligadas a repartir al menos el 21% de sus utilidades a los socios, por lo cual tienden a acumular menor capital que las corporaciones. Estas dos condiciones de su naturaleza jurídica: disposiciones internas a modo, sin limitación y el pago de impuestos por utilidades de manera obligatoria; la primera ligada a la falta de certeza jurídica y claridad en su operación interna, la segunda ligada a la obligación del pago de impuestos sobe utilidades y dividendos, ocasiona que los inversionistas no se vean atraídos por este tipo de empresas.

Las sociedades LLC funcionan mucho mejor en pequeñas y medianas empresas, en unidades económicas familiares, entidades con pocos empleados; es, para muchos, el primer paso de una pequeña inversión, pero con la intención de crecer hasta formar una corporación.

La LLC mas común, como decíamos, es conocida como ¨Pass-through-Entities¨, que transfieren todas sus obligaciones fiscales a los socios, no así las deudas que acumule la compañía, es decir que las LLC distribuyen casi por lo general, el total de sus utilidades entre sus socios y, éstos, a su vez, se obligan a declarar dichas utilidades de manera individual como personas físicas. Estos impuestos pueden elevarse proporcionalmente en la medida en que tienen mayores ingresos por capital, llegando incluso a alcanzar la tasa personal del 37% 12 a nivel federal, a la que habría que sumar un impuesto sobre ganancias a nivel estatal que va desde el 0% en algunos estados y que podría elevarse hasta el 13.30% en California. Junto con el impuesto a la ganancia estatal, la carga fiscal de este tipo de empresas y sus accionistas pordría ser mayor al 50%.

En síntesis, existen ciertos elementos a tomar en cuenta para decidir sobre constituir una sociedad LLC:

  1. Las LLC pueden tener una ventaja fiscal cuando la ganancia por socio está por debajo de los 85 mil dólares anuales, en cuyo caso las tasas impositivas serían menores que los que pagaría una corporación. Las LLC no retienen ni enteran impuestos por pago de dividendos, pues distribuyen directamente el capital.
  2. A diferencia de las corporaciones, que responden de manera directa por las obligaciones al ser declaradas e intransferibles, las LLC pueden transferir las pérdidas a sus miembros, quienes aportan para cubrirlas de su propio patrimonio, lo que podría beneficiarles al disminuir cargas fiscales, lo que incluso podría compensar utilidades obtenidas en otras empresas de las cuales dicho miembro sea accionista.
  3. Las LLC no pagan impuestos de manera directa por las utilidades o ganancias generadas como persona moral.
  4. La carga administrativa puede ser menor cuando se constituye bajo el régimen de ¨Pass-Through-Entities¨ lo que puede ser de mucha utilidad para pequeñas empresas.
  5. Las LLC requieren del consenso de los miembros, que por unanimidad deben decidir sobre la modificación de su acuerdo operativo.

Responsabilidades, facultades y derechos de las sociedades

Ambos tipos de corporaciones, LLC o Corp., ofrecen una protección de responsabilidad limitada para los accionistas, por lo que están protegidos de las obligaciones que adquiera la empresa.

En ningún tipo de sociedad, ni LLC ni Corp., se puede contratar servicios personales subordinados ni contratar empleados de personas no residentes o sin visa de trabajo. Cualquier contribución o pago a socios o miembros extranjeros se debe hacer forzosamente mediante el pago de dividendos para el caso de la corporación o mediante  la distribución de ganancias en el caso de las LLC.

Una de las estrategias que recomendamos para distribuir las utilidades generadas en una empresa estadounidense de propietarios extranjeros, es comparecer en su constitución mediante una sociedad constituida fuera de los Estados Unidos; de esa manera, la sociedad extranjera, una SAPI mexicana por ejemplo, se convertirá en tenedora del 100 por ciento de las acciones de la empresa estadounidense, reportará ganancias o capital en su lugar de residencia fiscal, tomando en consideración los convenios para evitar la doble tributación. 

Pasos para constituir una sociedad en Estados Unidos

Antes de registrar una sociedad se debe contratar, de manera obligatoria, el servicio de un Agente de Registro (Registered Agent) en el estado donde se incorpore o registre la corporación o LLC. Este servicio otorga un domicilio fiscal únicamente para recibir correspondencia legal, domicilio que no puede ser señalado como el domicilio de la empresa.13

Registrar una Corporación requiere de los siguientes pasos:

    1. Corroborar la disponibilidad del nombre de la compañía en la pagina de la secretaria del estado donde se vaya a constituir
    2. Conseguir un agente de registro
    3. Llenar el formato de los artículos de incorporación (se pueden llenar usando domicilios extranjeros)
    4. Delimitar la cantidad que se utilizara como capital de aportación y cantidad de acciones autorizadas por emitir.
    5. Si aplica, pagar los derechos registrales, licencias de negocios, listas especiales, cuyos requisitos varían por estado.
    6. Enviar los documentos requeridos.
    7. Realizar la primera junta de la mesa directiva y de los accionistas.

Registrar una LLC requiere de los siguientes pasos:

    1. Corroborar la disponibilidad del nombre de la compañía en la pagina de la secretaria del estado donde se vaya a constituir
    2. Conseguir un agente de registro
    3. Llenas el formato de los artículos de organización (se pueden llenar usando domicilios extranjeros)
    4. Enviar los documentos requeridos

Conclusiones

Invertir en Estados Unidos en definitiva es una opción para el desarrollo de negocios. En este artículo hemos comprobado la facilidad para emprender y hacer negocios y, el sencillo sistema para responder por las cargas administrativas y fiscales de las empresas.

Es verdad que una corporación tiene una estructura mas compleja que una LLC, pero es la recomendable para atraer inversión privada. Como vimos, en las corporaciones las responsabilidades se dividen entre los directores, oficiales y accionistas; pero son los accionistas quienes eligen al Consejo de Administración o “Board of Directors” y este Consejo a su vez tiene la facultad y obligación de conducir la administración y buena marcha de la corporación, además de tener como obligación la planeación estratégica a largo plazo.

A diferencia de los accionistas en las corporaciones, en la LLC los dueños de la empresa se denominan miembros, pueden ser unipersonales o tener dos o más de ellos; y a diferencia de la las corporaciones todos sus miembros participan en la dirección de la compañía, que por lo general descargan la responsabilidad en un administrador eligiendo a uno de sus miembros o incluso a un externo, quien deberá encargarse de la administración del negocio y responder por su nombramiento.

De acuerdo a las cargas fiscales que representan las sociedades en las que intervienen extranjeros en Estados Unidos, los estados óptimos para constituir una corporación son principalmente: Delaware, Texas, Nevada y Wyoming; sin embargo, California sigue siendo un polo de atracción para las denominadas sociedades operativas, su posición geográfica, su facilidad logística y su cercanía con el mercado hispano dan confianza los inversionistas, a pesar de las cargas administrativas y fiscales que representa la operación de una sociedad en este lugar.

En tanto que para el caso de las contribuciones inherentes a una “Limited Lianility Company”,  los estados óptimos para constituirla son Wyoming, Delaware, Washington, Nevada y Texas.

No es de menor importancia recordar que las LLC conformadas como ¨Pass-Through-Entities¨ no pagan ningún impuesto corporativo ni de dividendo, al transferir directamente las cargas a los miembros de la compañía, los accionistas están obligados a declarar las ganancias y pagar los impuestos como personas físicas, a través del ¨Personal Income Tax¨, proporcional a las distribuciones de capital que se realizan anualmente.14

Por último, es un deber insistir en la necesidad de proteger la marca de una empresa que se constituya en los Estados Unidos. El proceder al registro protege la marca correctamente, con lo que se genera certeza jurídica en ella y crea valor en la empresa al ser propietarios de un activo intangible. Adicionalmente, registrar una marca en los Estados Unidos crea prestigio, toda vez que de su registro se desprende una exclusividad de uso y explotación de la marca en todo el país. Además, en caso de querer duplicar el sistema de negocio bajo el modelo de franquicia, ya se tendría uno de los principales elementos para franquiciar, esto es, el registro de marca en la clase correcta.

Constituir legalmente una empresa en Estados Unidos, permite regular su funcionamiento entre los socios, que esté sujeta a créditos, y sobre todo, se aprovechan las ventajas fiscales de operar como una persona moral. El apoyo de un especialista es necesario si se desea obtener éxito.


Referencias

1 Los autores pertenecen a la firma de abogados, contadores y asesores patrimoniales Intellex: Soluciones Fiscales y se encuentran asociados a la firma Nexia International. Omar Contreras Borbón es Abogado Fiscalista, Maestro en Derecho Fiscal y pertenece al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM donde es doctorante investigador en mecanismos de planeación fiscal internacional. Fabián Melhem Assad estudió Derecho, Diplomado Fiscal y cursa Contaduría Pública en la UNAM, es especialista en propiedad intelectual y funcionamiento de sociedades en Estados Unidos. Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

2 Triennial Central Bank Survey Foreign exchange turnover in April 2016 (Encuesta trienal del Banco de Pagos Internacionales de negocio en divisas en abril de 2016). Banco de Pagos Internacionales. septiembre de 2016. Consultado el 11 de noviembre de 2016, en https://www.bis.org/publ/rpfx16fx.pdf

3 “Doing Business 2018”, World Bank Group, consultado en la página 4 del PDF el 28 de agosto de 2019 en https://espanol.doingbusiness.org/content/dam/doingBusiness/media/Annual-Reports/English/DB2018-Full-Report.pdf

4 USC title 26, Internal Revenue Code § 11. Tax imposed

5 Cornell Law, ¨Close Corporation¨, 2018, https://www.law.cornell.edu/wex/close_corporation

6 NRS 78 § 035

7 Cornell Law, Bylaws, 2017 https://www.law.cornell.edu/wex/bylaw

8 USC, title 26, Internal Revenue Code § 1. Tax imposed Subsection H

9 USC, title 26, Internal Revenue Code § 1. Tax imposed Subsection A

10 Cornell Law, Pass Through Taxation, 2019 https://www.law.cornell.edu/wex/pass-through_taxation

12 USC, title 26, Internal Revenue Code § 1. Tax imposed Subsection A

13 Law Cornell, Registered Agent, 2010 https://www.law.cornell.edu/wex/agent_for_service_of_process

14 Fitzpatrick, Diana J.D., How LLC´s are taxed, NOLO, 2019 https://www.nolo.com/legal-encyclopedia/how-llcs-are-taxed-29675.html


 

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos