El Fiscalismo en tiempos de cólera

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Arturo Abraham León Martínez


Contra los pronunciamientos del ex director general del Servicio de Administración Tributaria, el oaxaqueño Aristóteles Núñez Sánchez relativos y de firme convicción sobre que los contribuyentes no deben preocuparse por el neonato término de Terrorismo Fiscal, que a diferencia de la inocencia e inmaculada imagen que nos da un recién nacido, éste título si bien nuevo y fresco, nos da la innocuidad necesaria para temer sobre el manejo de nuestras finanzas,  pues hasta pagar el mínimo de los caprichos mediante una tarjeta de crédito nos hace sentir un frío tintineo, tan solo de pensar que detrás de cada desliz del plástico hay toda una confabulación fiscomnipotente presente; la cual se viste de complicidad encapuchada con las obligaciones del sistema financiero para presentar información por depósitos en efectivo como lo reza el numeral 55 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Análisis a la cultura tributaria, desde el punto de vista del terror y la apatía.

Contra los pronunciamientos del ex director general del Servicio de Administración Tributaria, el oaxaqueño Aristóteles Núñez Sánchez relativos y de firme convicción sobre que los contribuyentes no deben preocuparse por el neonato término de Terrorismo Fiscal, que a diferencia de la inocencia e inmaculada imagen que nos da un recién nacido, éste título si bien nuevo y fresco, nos da la innocuidad necesaria para temer sobre el manejo de nuestras finanzas,  pues hasta pagar el mínimo de los caprichos mediante una tarjeta de crédito nos hace sentir un frío tintineo, tan solo de pensar que detrás de cada desliz del plástico hay toda una confabulación fiscomnipotente presente; la cual se viste de complicidad encapuchada con las obligaciones del sistema financiero para presentar información por depósitos en efectivo como lo reza el numeral 55 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Pero en que se basaría la autoridad fiscal para justificar su debida y “pertinente” actuación al enfocar a todos bajo una grosa lupa, ¿lavado de dinero?, ¿discrepancia fiscal?, ¿la falda del artículo 31 fracción IV constitucional?

La pregunta obligada ¿Qué realmente es el Terrorismo? según la real academia de la lengua española:

Terrorismo: 1. m. Dominación por el terror.

El concepto es bastante claro, es infundir miedo, pánico y terror a través de una dominación o de un hecho dominante preponderantemente violento, al oír el término de entrada tal vez la mente nos remonte a actos criminales por grupos extremistas que han acontecido alrededor del mundo dejando varias decenas de decesos, pero en este escenario es otro el terrorismo que se pronuncia, su silueta son cuatro círculos azules y una sigla de 3 filos.

LA SOSPECHA

Se considera necesario precisar que la niebla que rodea la materia fiscal es densa y obnubila, más cuando el propio contribuyente no es conocedor de sus obligaciones, de las faltas en las que puede incurrir, de sus derechos por supuesto, y que a pesar de ser entendible el vibrato que genera en el torso las palabras “Se le invita a”… ¿será realmente justificable que un requerimiento de la secretaría hacendaria del país tenga un efecto similar a un llamado de la autoridad judicial? Los contribuyentes pequeños y que salvo por pláticas con el contador de su entorno, saben que deben presentar una declaración anual, cuidar sus facturas, enterar de algún cambio al fisco, como domicilio, situación fiscal; régimen etc. realmente no deberían poseer un miedo o incertidumbre sobre las disposiciones fiscales, pero el término como tal: Terrorismo fiscal lo acuñan, empresarios, industriales, patrones, miembros de entes como la Coparmex (confederación patronal de la república mexicana), Canaco (cámara nacional de comercio); el propio CCE (consejo coordinador empresarial) y demás, la incógnita a despejar, es si realmente las medidas de la hacienda federal a través de su Goliath el Sat (servicio de administración tributaria) ¿son estrictas, amalgaman el espíritu y la buena voluntad comercial, incurren en sembrar terror entre los tributantes? o simplemente ponen un ojo que todo lo ve en las acciones turbias e inescrupulosas de estos contribuyentes, que no quieren soltar un tan cómodo libertinaje fiscal, es decir ¿Terrorismo es la forma en la que ahora suelen llamar los libertinos evasores y elusores de México, a ese centinela que no da cuartel? , “todo depende del cristal con que se mire” nunca había sido más atinada frase.

Desde el 2014 ya se venía gestando una serie de cambios fiscales, los cuales proyectaban posturas de “las buenas noticias, las malas y las de cuidado” como en cualquier cambio a disposiciones legislativas, sean transitorias o no.

En un cruce de información bancaria del contribuyente, triangulando una perpendicularidad de la cual es reforzada la vigilancia de las operaciones de los tributantes, además con la revisión electrónica se facilita este flujo de información, es ahí donde se erige la voz de muchas personas que sienten vulneradas sus actuaciones fiscales, y sienten el señalamiento del dedo índice a la menor provocación.
La PRODECON (procuraduría de la defensa del contribuyente) expresa que la discrepancia fiscal es una medida que ayudará a engrosar la vigilancia de las operaciones y gastos de los contribuyentes, a través del cruce informático mencionado con anterioridad, aunado a esto las medidas tributarias cada día se encaminan de una manera más poderosa a fiscalizar hasta lo invisible, el sentimiento de confusión es grande ya que también en sus reformas hay puntos interesantes y beneficiosos al tributante, puede tratarse de una estrategia de “golpear, pero sanar después” al final de la jornada el gasto público nos concierne a todos, y es una relación que tenemos de manera ininterrumpida con la hacienda pública, y desde luego justifica todas las molestias que se toma el servicio de administración tributaria para corregir y encaminar dicha relación, en parte las operaciones de los contribuyentes se ven y sienten tensas, hay un ojo revisor, y es contundente su presencia, ahora de una forma más fuerte por la complicidad que existe entre los medios informáticos y las facultades de comprobación de la autoridad, ¿será que deberán temer los que algo deben? Mucho tiempo México presumió ser el utópico edén fiscal de muchos grandes contribuyentes, quienes entre muchas otras operaciones, depositaban a terceros, compraban facturas; con la finalidad de ocultar y maquillar lo tan ahora perseguido por el fisco, la discrepancia de sus ingresos respecto de sus gastos, ¿debido a ellos pagarán justos por pecadores? o ¿no debería la hacienda pública fomentar una cultura tributaria sana? en lugar de orillar a los contribuyentes a medidas y actos como los mismos que sanciona y persigue ¿no sería más prudente en lugar de apercibirle de una sanción en caso de fallar al infante o infringir, enseñarle a no infringir? Son muchos los claroscuros de la actuación de la autoridad fiscal y de los propios contribuyentes quienes con debida razón se han ganado la acción fiscalizadora, pero hasta qué punto se vulneran los derechos, las obligaciones, de la autoridad, del tributante, de todos, es necesario, analizar si el ajuste de la soga tributaria a través de encaminar con un supuesto miedo a sus pasivos será realmente necesario y funcional, bien es sabido que el respeto ganado a través del miedo es un respeto peligroso y volátil.

El terrorismo fiscal en México es real y hiede; pero dentro de la conciencia y mente de cada uno de los que nos deben algo como nación, o de los que tienen delirio de persecución, y ¿por qué no? de los inocentes que nada deben, pero mucho temen, porque tal vez algo desconocen y el fisco estudia día y noche.

 

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