El debido proceso, instrumento de la verdad

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Antonio Anatayel Montejano Arauz


“En la investigación es incluso más importante
el proceso que el logro mismo” Emilio Muñoz

La búsqueda del conocimiento y la verdad tienen varias vías, pero la que ha otorgado más frutos en la historia de la humanidad, es el método científico, entendido como la “serie ordenada de procedimientos de que hace uso la investigación científica para observar la extensión de nuestros conocimientos”.

De lo anterior se obtienen principalmente dos elementos: “serie” y “orden”, ello infiere que el método científico requiere una secuencia estricta, en la serie de pasos a seguir, para buscar conocimiento veritativo.

Si observamos la forma en la que los científicos de ciencias exactas realizan sus fases experimentales, siempre buscan aislar el objeto en estudio para evitar que factores o variables externas vicien sus resultados.

La búsqueda de la verdad, en materia jurídica, ha pasado por las mismas fases que el saber en general, desde admitir verdades según la persona que las diga; pasando por procesos en los que era permitida la tortura, para la obtención de la verdad; en las que el acusado tenía que comprobar su inocencia; y hasta llegar a lo que hoy denominamos procesos jurisdiccionales.

Los procesos jurisdiccionales también han ido evolucionando, se han hecho cada vez más complejos y especializados. La complejidad obedece al mismo rigor con el que los científicos buscan evitar viciar sus resultados.

En esta analogía el sujeto cognoscente (el científico) es el juez, y se vale de auxiliares (las partes, otras autoridades o terceros), para poder conocer lo que en verdad ocurrió o lo que está ocurriendo.

Pero la labor del juez no se constriñe solo a la búsqueda de la verdad. El juez debe observar si los hechos o actos jurídicos se adecúan a las normas previamente establecidas y con base en ello dictar una sentencia.

Lo anterior evidencia que, si un juez no siguió las formalidades, su acercamiento a la verdad será nublado y por tanto el razonamiento lógico jurídico que formula al dictar su sentencia también estará viciado.

Es apropiado señalar aquí, que toda sentencia lleva la misma estructura de un silogismo, en el que la premisa mayor es la ley, la premisa menor son los hechos que se conocen y la conclusión, será establecer si estos se ajustan a los requisitos abstractos de la norma general y en su caso los efectos de tal encuadre.

Todos los procesos judiciales, sin importar la materia, deben garantizar mínimamente el derecho a participar en un procedimiento previamente establecido en Ley; que en él se tenga la posibilidad real de entablar una defensa; que los argumentos que se esgrima sean tomados verdaderamente en cuenta; que sean recibidas, desahogadas y valoradas debidamente las pruebas que se ofrezcan; que el que afirme demuestre; que el juzgador sea imparcial (sin consideraciones personales, morales o políticas) y no tenga hecha una percepción basada en prejuicios; que los hechos en los que se base una sentencia, no den lugar a dudas o disyuntivas; gozar del derecho a impugnar lo que considere no cumplió la Ley.

Se llega a afirmar que el derecho al debido proceso es un obstáculo a la justicia, al admitir ello, realmente se está prejuzgando sobre lo que el juez debe o no ordenar, pues quien pide ir a la sentencia sin debido proceso, en su imaginación ya ha condenado a un ente y solo busca que el juez admita su opinión, como verdad absoluta.  

Realizar un juicio sin debido proceso, sería tanto como decirle a un científico que no sea tan meticuloso en cuidar las variables; que, en vez de observar, solo de un vistazo; que, en lugar de experimentar, imagine; y que, en vez de ser científico se convierta en profeta.

Dijo Jesús Reyes Heroles, que “en política la forma es fondo”, con lo antes expuesto, es muy claro que ello también aplica a la cuestión jurisdiccional.

Por ello, la próxima vez que pase por su mente una crítica al debido proceso, recuerde la frase de Marco Aurelio: “Nada tiene tanto poder para ampliar la mente como la capacidad de investigar de forma sistemática y real”.

 

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