Certificación de Empresas para Efectos de IVA e IEPS

image

Escrito por Lucio López Ortiz


Previo a la certificación en materia de Impuesto Al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) nace el día 1 de noviembre de 2006 el decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).

El decreto IMMEX  es un instrumento de fomento a las exportaciones a las empresas que importen mercancías de manera temporal y que realicen un proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación, difiriendo el pago del Impuesto General de Importaciones (IGI), del IVA, del IEPS y algunas cuotas compensatorias (decreto IMMEX).

Actualmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fortaleció la fiscalización dirigida a las empresas que operan bajo el régimen de importación temporal y el programa IMMEX autorizado por la Secretaría de Economía (SE), mediante requisitos adicionales para la obtención de Certificados en materia de IVA e IEPS.
El 11 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reformas correspondientes para la certificación en materia de IVA e IEPS. Esta certificación tiene su fundamento Constitucional y legal en los siguientes artículos: Artículo 31-IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y artículo 89, fracción XIII de la CPEUM. Artículo 28 A de Ley del IVA. Artículo 15 A de Ley del IEPS  y en Reglas Generales de Comercio Exterior.

El día 11 de diciembre de 2013 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas correspondientes a la certificación en materia de IVA e IEPS.

La vigencia para la certificación en materia de IVA e IEPS es a partir del 1 de enero de 2015 (Decreto DOF 26 de diciembre de 2013, artículo 2o-III Disposición Transitoria 2014 de Ley del IVA / DOF del 1 de enero de 2014, artículo 4º-V Disposición Transitoria 2014 de Ley del IEPS / DOF del 1 de enero de 2014.)

Las personas que introduzcan bienes a los regímenes aduaneros y que se trate de importación temporal para las actividades de elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico, podrán aplicar un crédito fiscal consistente en una cantidad equivalente al 100% del IVA y/o del IEPS, que deba pagarse por la importación, el cual será acreditable, respectivamente, contra el IVA o IEPS, según sea el caso. Asimismo existe opción para las empresas que no desean certificarse y deseen aplicar dicho crédito fiscal, se les permitirá siempre y cuando garanticen el interés fiscal mediante fianza. (Decreto DOF 26 de diciembre de 2013, artículo  28-A de Ley del Impuesto Al Valor Agregado y artículo 15 A de Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios).

Existen 3 rubros diferentes de certificación que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) ha establecido para las empresas: Rubro A, Rubro AA y Rubro AAA. La vigencia de cada tipo de certificación dependerá de la modalidad que se obtenga, es decir, para la modalidad A un año,  para la modalidad AA dos años, y para la AAA 3 años y podrá ser renovada a solicitud de dichas empresas dentro de los 30 días anteriores a que venza el plazo de vigencia, excepto para rubro AA y AAA, cuyo plazo para renovación es de 5 días posteriores al vencimiento de su vigencia, y cumpliendo requisitos específicos, que son:

Rubro A:

1.- Realizar la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
2.-  Que los socios o accionistas, según corresponda, representante legal con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración, de conformidad con la constitución de la empresa solicitante, se encuentren al corriente en el cumplimientos de obligaciones fiscales.
3.-  Contar con al menos  10 trabajadores registrados ante el IMSS y realizar el pago de la totalidad de cuotas de obrero patronales a dicho instituto o mediante subcontrataciones de trabajadores.
4.- Contar con inversión en territorio nacional.
5.- No contar con  la resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA cuyo monto represente más del 20% del total de sus devoluciones autorizadas en el mismo periodo y/o que el monto negado resultante supere $5,000,000.00, durante los últimos  meses.
6.- Estar al corriente  en la presentación del inventario inicial, informes de descargos, así como no contar con créditos vencidos, a que se refiere el anexo 31 (Control de inventarios).
7.- Contar con programa IMMEX vigente.
8.- Contar con la infraestructura necesaria para realizar la operación del programa IMMEX, el proceso industrial o de servicios de conformidad con la modalidad de su programa.
9.- Que durante los últimos 12 meses el valor de la mercancía transformada y retornada o retornada en su mismo estado, durante dicho periodo  represente al menos el 60% del valor de las importaciones temporales de insumos durante el mismo periodo.
10.- Describir las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios conforme a la modalidad del programa.
11.- Contar con un contrato de maquila, de compraventa, orden de compra o de servicios, o pedidos en firme que acrediten la continuidad del proyecto de exportación.

Rubro AA

1.- Haber realizado durante los últimos 4 años o más, operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación.
2.- Durante los últimos 12 meses hayan contado con más de 1,000 trabajadores registrados ante el IMSS y/o subcontratados.
3.- Que al menos el 40% del valor de los insumos adquiridos en el territorio nacional , vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando la certificación, durante los últimos 12 meses, se hubieren realizado con proveedores que estén al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
4.- Que su maquinaria y equipo  es superior a  los $50,000, 000.00
5.- Que no haya sido notificado de ningún crédito fiscal por parte del SAT en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
6.- Que si se tiene un crédito fiscal, el mismo se encuentre garantizado o se haya solicitado autorización de pago a plazos.

Rubro AAA

1.- Que al menos el 70% del valor de los insumos adquiridos en territorio nacional,  vinculados al proceso bajo el régimen que esté solicitando  la certificación, durante los 12 meses , se hubieren realizado con proveedores que estén al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
2.- Haber realizados durante los últimos 7 años o más, operaciones al amparo del régimen para cual solicitan la certificación.
3.- Durante  los últimos 12 meses hayan contado con más de 2,500  trabajadores registrados ante el IMSS y/o subcontratados.
4.- Que su maquinaria y equipo es superior a los $100,000,000.00.
5.- Que no haya sido notificado de ningún crédito fiscal por parte del SAT en los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
6.- Que si se tiene un crédito fiscal, el mismo se encuentre garantizado o se haya solicitado autorización de pago a plazos.

El plazo de permanencia para materias primas e insumos en territorio nacional es de 18 meses para los siguientes productos:
A). Combustibles, lubricantes y materiales para producir mercancías de exportación.
B). Materias primas, partes y componentes que se  integren a mercancías de exportación.
C). Envases y empaques
D). Etiquetas y folletos

El plazo de permanencia en territorio nacional para contenedores y cajas de trailer es de 2 años.

El Plazo de permanencia en territorio nacional para maquinaria y equipo es por toda la vigencia del programa IMMEX, con cumplimiento de ventas anuales al exterior superior a 500,000 dólares de los Estados Unidos de América o facturar exportaciones, cuando menos el 10% de la facturación total. Tratándose de:
A). Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones para proceso productivo.
B). Equipos y aparatos para el control de la contaminación, para la investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y computo, de laboratorio, de medición, de prueba de producto y control de calidad, así como de aquellos relacionados con bienes de exportación.
C). Equipo para el desarrollo productivo.

Los requisitos para la obtención de la certificación ante el SAT son los siguientes, entre otros:

  • Las personas morales deberán estar constituidas conforme a la legislación mexicana.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y haber autorizado al SAT hacer pública la opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Contar con personal registrado ante el IMSS  o como subcontratación  de trabajadores.
  • No encontrase en el listado de empresas publicadas por el SAT (Artículo 69B,tercer párrafo de Código Fiscal de la Federación) y contar con certificados de sellos digitales vigentes.
  • Registro ante el SAT de los establecimientos donde realicen actividades con el IMMEX.

Las obligaciones a la que se debe sujetar el importador para la conservación y derecho para renovar la Certificación obtenida son, entre otras:

  • Cumplir en todo momento con los requisitos de  la Certificación de empresas otorgado.
  • Estar siempre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras.
  • Avisar cambio de razón social, domicilio fiscal, o domicilios o el alta de instalaciones donde realice actividades económicas o de comercio exterior.
  • Informar sobre fusión o escisión de empresas que estén certificadas.
  • Permitir en todo momento el acceso de la autoridad aduanera para la inspección de supervisión sobre el cumplimiento de la certificación de empresas.
  • Reportar cambios en: socios, accionistas, representantes legales o integrantes de la administración, transportistas autorizados, clientes y proveedores.
  • Comprobar que siguen contando con el legal uso y goce del inmueble o inmuebles en donde se lleva a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios.
  • Estar al día con los pagos de cuotas obrero patronales ante el IMSS.

Procedimiento de resolución:

a).- La autoridad tendrá un plazo de 40 días hábiles a efecto de emitir la resolución correspondiente, contados a partir del día siguiente a la fecha de acuse de recepción que genere en la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM).
b).- En caso de que la autoridad aduanera detecte la falta de algún requisito, le requerirá por única ocasión al solicitante la información o documentación que le falte.
c).- El solicitante contará con un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente en que surta  efectos la notificación, para dar atención al requerimiento, en caso de no contestar dentro de ese plazo, se tendrá por desechada  la solicitud.
d).- Cuando la autoridad emita un requerimiento, el plazo de 40 días se contarán a partir de que se tenga la totalidad de los requisitos establecidos.

Los motivos de Cancelación de la certificación son, entre otros:

  • Cuando se acredite que se dejó de cumplir con los requisitos para la inscripción.
  • Impedir el acceso a la autoridad para la inspección inicial así como la supervisión de cumplimiento.
  • No acreditar durante las inspecciones que se cuenta con infraestructura necesaria para realizar la operación  de servicio de conformidad con la modalidad de su programa. 
  • Cuando no se acredite que las mercancías importadas temporalmente fueron retornadas al extranjero, transferidas, o que se hayan destinaron a otro régimen en el plazo autorizado.
  • Cuando  las  autoridades  aduaneras   no  encuentren  las  mercancías  importadas temporalmente con IMMEX en los domicilios autorizados.
  • Cuando no se  acredite  la  legal  estancia  de  mercancías  de  comercio exterior.
  • Cuando  se  les  inicie  un  procedimiento  de  cancelación  de  la  autorización  para  operar  en  los regímenes aduaneros sujetos a certificación.
  • Presente documentación o información falsa.

Hoy en día sigue vigente esta certificación para las empresas que cuentan ya con el programa IMMEX y deseen certificarse para afectos de IVA e IEPS.

 

 

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos