Registrar una Marca ¿Para qué?

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Escrito por Felipe de Jesus Chombo Chavez


 

Una marca es un signo que se utiliza para distinguir productos o servicios ofrecidos por cualquier persona física o moral, de los ofrecidos por otra, es decir, sirve como medio para identificar o individualizar sus productos o servicios para distinguirlos de los de sus competidores. Conviene ahora reflexionar qué beneficios adicionales le confiere a su propietario el obtener su registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, requisito éste que nuestra legislación estipula para protegerla.

En principio, el registrar una marca le confiere a su titular el beneficio de gozar del derecho al uso exclusivo de la misma, a crear una asociación del producto y sus cualidades en la mente del consumidor para buscar su preferencia y reconocimiento, a otorgar su uso a terceros a través de licencias o franquicias y, al recibir tal protección, puede impedir que otras personas la usen sin su consentimiento, instando a las acciones de defensa que la Ley de la Propiedad Industrial prevé.

Ahora bien, el no registrar una marca, no quiere decir que no goza de protección, de hecho la Ley se la reconoce; sin embargo, una marca que no está registrada se vuelve muy vulnerable a apropiación de terceros, porque su protección queda condicionada a que haya adquirido suficiente carácter distintivo y cierta notoriedad en el mercado, que provoque que la asocien a su propietario, lo cual puede ocurrir mucho tiempo después del lanzamiento de los productos en el mercado.

Es menester considerar que no importa el tamaño de nuestro negocio, sino pensar que las marcas a través del reconocimiento que de ellas tiene el público consumidor van adquiriendo su preferencia y con ello un gran valor más allá de lo económico.
Es así, que el valor de una marca dependerá de los atributos, cualidades y beneficios con los que se le asocien, destacando los siguientes:

a) Posicionamiento: el grado hasta el cual la marca ofrece al cliente, a un precio adecuado, beneficios significativos diferentes de otras marcas (por ejemplo, una calidad superior, un servicio postventa, garantía extendida, etc.), acordes a su criterio de selección (que es lo que le da relevancia y diferenciación a la marca);

b) Lealtad: la fuerza con la cual la marca es capaz de atraer y retener clientes satisfechos a través del tiempo (preferencia, satisfacción y compromiso hacia el cliente), y

c) Consistencia: el valor en libros como resultado de las actividades de mercadotecnia y publicidad que la empresa realiza para la consolidación de la marca, como puede ser la información, la estrategia y el soporte operativo (valor financiero).

Cabe destacar que, en las actividades comerciales, las marcas se han vuelto el activo intangible más importante de una empresa, siendo incluso superior a sus activos fijos, por ello muchas de ellas invierten recursos para asegurarse de que sus marcas estén protegidas como un elemento valioso de propiedad industrial, para luego posicionarlas en el mercado, buscando precisamente el factor de vinculación y preferencia que se genera con el público consumidor.

De ahí que si tomamos conciencia de la importancia que una marca puede tener para un negocio, es necesario considerar que ese justo y adecuado reconocimiento que hace el Estado para la persona que invierte trabajo y esfuerzo en protegerla como su propiedad industrial, pueda cosechar los frutos de su esfuerzo y qué acciones emprender cuando gente sin escrúpulos hace un uso de una marca indebido o no autorizado por parte de su titular. Como decíamos anteriormente, la Ley de la Propiedad Industrial prevé acciones que pueden servir para reprimir actos que lesionen los derechos de un titular marcario, como pueden ser la interposición de procedimientos de declaraciones administrativas de infracción, nulidad, caducidad y cancelación.

Estos procedimientos plantean mecanismos que sirven, entre otros, para sancionar la competencia desleal, el uso indebido de marcas idénticas o semejantes en grado de confusión a una registrada, el que se anule un registro cuando se haya obtenido indebidamente por un competidor o se declare la caducidad de un registro por no usarse por su titular, en donde en estos dos últimos casos el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial se erige como autoridad facultada para ejercer funciones jurisdiccionales (al tratarse de procedimientos seguidos en forma de juicio) para determinar en una controversia a quién le corresponde el mejor derecho sobre una marca.

Sin embargo, el tramitar litigios sobre propiedad industrial es tarea que requiere necesariamente de un abogado especializado en la materia, dado que cada caso tendrá sus peculiaridades e impondrá retos para quien defiende los intereses de un titular marcario, pues éste se verá en la necesidad de recabar las pruebas idóneas y que tengan relación con la controversia, para que una vez desarrollado el juicio se obtenga una resolución favorable a los intereses de la parte que representa.

De no obtenerse una resolución favorable, el titular de la marca tendrá que optar por interponer en tiempo y forma ya sea un recurso de revisión ante la propia autoridad, un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, o bien, un juicio de amparo indirecto ante los Jueces de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación.

El recurso de revisión

Se interpone dentro de los quince días hábiles siguientes al dictado de la resolución por conducto del superior jerárquico de la autoridad que haya resuelto conforme a lo que dispone la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

El juicio de nulidad

Se interpone ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dentro de los 45 días hábiles siguientes al dictado de su resolución.

Juicio de amparo

Se presenta ante el Juez de Distrito en Materia Administrativa en turno dentro de los 15 días hábiles siguientes a la emisión del acto de autoridad.

Cualquiera de las instancias antes referidas que se haya elegido deberá ser tomando en cuenta la experiencia del abogado especialista, quien buscará necesariamente la estrategia que más favorezca a los intereses de su representado.

Todas estas acciones están encaminadas finalmente a la obtención, conservación y defensa de Derechos de Propiedad Intelectual, fomentando así el desarrollo de la libre competencia de una empresa dentro del marco jurídico en favor de que sus productos o servicios se consoliden en el mercado tanto a nivel nacional como internacional, generando el reconocimiento de la misma en el público consumidor, y por ende, el prestigio de la marca con la que se distinguen.

Es indudable que en los nuevos mercados se requiere infundir una cultura de Propiedad Industrial como herramienta de desarrollo para una nueva economía, sobre todo considerando el papel de las marcas en un mundo globalizado y competitivo como en el que vivimos actualmente.

 


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