Beneficios Fiscales del Hombre Clave

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Escrito por Alfredo Torres Mijares


En todo ente económico es recomendable cuidar el patrimonio físico pero también el intelectual por eso le presentamos el siguiente artículo, con el fin de recordar la importancia de asegurar a nuestro principal socio o trabajador, lo que dará como resultado la garantía de continuar el negocio en marcha.

Análisis y razón de negocios

Es recomendable pensar:

¿Qué sería de su Empresa si usted o uno de sus socios faltaran y por lo tanto no pudieran hacer frente a sus responsabilidades dentro del negocio?

  • Es probable que haya una reducción drástica del conocimiento y experiencia en el manejo de la administración y operación de la Empresa, dando como resultado un  impacto en la productividad de la misma.
  • Se verían debilitadas las transacciones comerciales o las ventas de la empresa. Hay que recordar que las “relaciones personales” son la parte medular de todo negocio.
  • Habría un alto riesgo en la toma de decisiones empresariales, por la falta de experiencia de la viuda o de algún familiar que se integrase al Consejo de Administración, en ausencia de uno de los socios.

En una Empresa generalmente hay ciertos “Funcionarios Clave” cuyas funciones y conocimientos son críticas para el éxito del negocio.

La muerte o salida de la Empresa de cualquiera de estas personas clave causaría un serio impacto en los ingresos del negocio. Es por ello que, muchas Compañías pequeñas, medianas o grandes, deciden comprar pólizas de Seguros de “Hombre Clave” para estos directivos tan importantes.

Como dueña de la póliza, la Empresa es la beneficiaria y recibe la indemnización cuando el “hombre clave” asegurado deja su puesto por fallecimiento, invalidez, retiro, renuncia o despido. La indemnización proveniente del fondo de inversión de la póliza podría ayudar a la Empresa proporcionando:

  • Dinero en efectivo para sobrellevar la pérdida y continuar operando hasta que se contrate y entrene a un nuevo directivo para cubrir las funciones del ausente.
  • Los fondos necesarios para comprar los derechos sucesorios (Acciones) de la persona clave.
  • En algunos casos, es posible que un prestamista o inversionista le exija a una empresa que busca un préstamo de un banco, o trata de incrementar el capital mediante inversionistas externos, tener un seguro de vida para sus socios.

Cuando busque un programa de inversión de “hombre clave” tenga en cuenta lo siguiente:

  • Determinar cuáles personas en su Empresa pueden considerarse vitales para su éxito financiero; y qué contribución monetaria hace cada una de ellas anualmente a la compañía, para decidir la magnitud de la póliza a comprar.
  • Una manera de determinar el monto de la cobertura de un seguro de “hombre clave” es utilizar un múltiplo de las utilidades de los últimos 3 años de la Empresa o bien el salario anual del “hombre clave”. Por ejemplo, de diez a quince veces su sueldo anual actual. Sin embargo, el monto real de cobertura que eligen algunas Compañías puede ser, por ejemplo, la cantidad necesaria para comprar la participación del socio que se retira, fallece o se invalida y por lo tanto sale del negocio.

Otras consideraciones para determinar el monto de la cobertura pueden ser:

  • ¿Cuánto costaría reemplazar a la persona clave, tanto en términos de sueldo como en gastos de reclutamiento y capacitación?
  • ¿Cuánto contribuye la persona clave al ingreso anual de la compañía?
  • ¿Cuántos años llevaría para que el funcionario de reemplazo se desempeñe al mismo nivel que la persona clave?
  • ¿Qué nivel de prima está en condiciones de pagar la empresa?

Operar sin este seguro deja a la empresa expuesta al riesgo, y abre la posibilidad de que el personal clave pueda presentar más adelante problemas de salud que incrementarían el costo del seguro. Además de que se estarían desaprovechando los importantes beneficios fiscales que este programa ofrece.

Ventajas

  • Compensar la grave pérdida que ocasiona la ausencia de un “Hombre Clave”.
  • Es deducible de Impuesto Sobre la Renta ISR, durante los próximos 10, 15 ó 20 años.
  • Seguro de vida por fallecimiento e invalidez sin costo.
  • Fondo de retiro garantizado al 4% en dólares y con el INPC en Moneda Nacional, con una plusvalía en tasa de interés del 150 al 250% de lo que invirtiera en el seguro.
  • Opción para utilizarlo como un fondo de retiro o bien para indemnizar a los beneficiarios de alguno de los socios.

Tratamiento fiscal

La Ley del impuesto sobre la renta (LISR), en el capítulo de deducciones autorizadas de las personas morales, reconoce la deducción de los seguros de hombre clave al establecer los requisitos para su deducción en el artículo 27 fracción XII, que nos indica lo siguiente: Si mediante el seguro se trata de resarcir al contribuyente de la disminución que en su productividad pudiera causar la muerte, accidente o enfermedad, de técnicos o dirigentes, la deducción de las primas procederá siempre que el seguro se establezca en un plan en el cual se determine el procedimiento para fijar el monto de la prestación y se satisfagan los plazos y los requisitos que se fijen en disposiciones de carácter general.

Se deberán de tomar en cuenta también los requisitos que nos marca el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la renta, en su artículo 51: Los planes relativos a seguros de técnicos o dirigentes a que se refiere el artículo 27, fracción XII, párrafo segundo de la Ley, deberán ajustarse a lo siguiente: I.        Los contratos de seguros serán temporales a un plazo no mayor de veinte años y de prima nivelada; II.       El asegurado deberá tener relación de trabajo con la empresa, o ser socio industrial en el caso de sociedades de personas o en comandita por acciones; III.      El contribuyente deberá reunir la calidad de contratante y beneficiario irrevocable, y IV.     En el caso de terminación del contrato de seguro, la póliza será rescatada y el contribuyente acumulará a sus ingresos el importe del rescate en el ejercicio en que esto ocurra. En cuanto al Impuesto al Valor Agregado se encuentran exentos dichos seguros, de acuerdo al artículo 15 fracción IX. IX…… los seguros de vida ya sea que cubran el riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones, así como las comisiones de agentes que correspondan a los seguros citados.

Ejercicio:

Conclusiones

Son varias las opciones que se pueden recomendar desde el inicio del contrato, sin embargo, lo más importante es contar con la asesoría integral de personal especializado, para que revisen cada caso en particular y se pueda ofrecer las mejores alternativas, brindando sobre todo seguridad jurídica al momento de contratar el seguro de hombre clave.

 

 

 

 

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