Economía y Finanzas IV - Diciembre

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Escrito por Miguel Luis Anaya Mora


Con motivo de la apertura del Sistema Financiero Mexicano, en la primera mitad de los años noventa, surgió la figura de las “Sociedades Financiera de Objeto Limitado” (SOFOL), para cuya organización y operación se requería de la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Estas instituciones, que eran supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, tenían por objeto otorgar créditos de todo tipo, a sectores o actividades específicos (agroindustrial, consumo, pequeñas y medianas empresas, hipotecario y automotriz).  El sector en el cual las Sofoles tuvieron un mayor desempeño fue el hipotecario, en el cual desempeñaron un activo papel como intermediarios de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF).

Con motivo de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 18 de julio de 2006, del “Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley de Inversión Extranjera, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación”, las Sofoles, Arrendadoras Financieras y Empresas de Factoraje pudieron seguir actuando como tales durante un periodo de siete años, es decir, hasta el 18 de julio de 2013, fecha en la cual las autorizaciones otorgadas por la SHCP para la constitución y operación de dicho tipo de empresas, quedaron sin efecto, por lo que dejaron de ser organizaciones auxiliares del crédito o Sofoles.

Para seguir operando, estas instituciones se podían convertir en Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM), o disolverse y liquidarse.

Las sociedades que quisieran cambiar su situación jurídica a SOFOM, debieron  realizar algunas reformas a sus estatutos sociales, a afecto de eliminar cualquier referencia expresa, o de la cual se pueda inferir que eran sociedades financieras de objeto limitado y que se encontraban autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las sociedades que no cumplieran con lo anterior, entrarían en estado de disolución y liquidación. 

La diferencia fundamental entre una SOFOL y una SOFOM, es que las primeras son entidades financieras reguladas, que requerían autorización del Gobierno Federal y únicamente realizaban operaciones de crédito. Las segundas, no requieren autorización del Gobierno Federal para operar y pueden ser no reguladas, salvo que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito. En ambos casos, su operación no se limita exclusivamente al otorgamiento de crédito, aunque ésta debe ser su función principal.
Derivado de lo anterior, se presentan tres situaciones básicas:

  • Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles)

Estas sociedades eran entidades financieras autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que tenían por objeto captar recursos provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores y otorgar créditos a determinada actividad o sector.

A partir del 18 de julio de 2013, las sociedades financieras de objeto limitado dejaron de ser consideradas entidades financieras autorizadas y reguladas en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito y en consecuencia dejaron de ser supervisadas por la CNBV.
Las Sofoles que decidieron continuar operando como entidades reguladas, debieron buscar su transformación a alguna otra figura.

  • Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM)

Estas sociedades, que surgieron de la modificación a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en julio de 2006, son sociedades anónimas que en sus estatutos sociales contemplan expresamente como objeto social principal, la realización habitual y profesional de operaciones de otorgamiento de crédito, así como la celebración de operaciones de arrendamiento financiero o factoraje financiero.

Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, pueden ser de dos tipos:

  • Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas; o
  • Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas.

SOFOMES Reguladas (ER)
Son Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, aquellas que mantienen vínculos patrimoniales con Instituciones de Crédito o Sociedades Controladoras de Grupos Financieros de los que formen parte instituciones de Crédito.  Estas sociedades deben agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de objeto múltiple" o su acrónimo "Sofom", seguido de las palabras "entidad regulada" o su abreviatura "E.R.".

Las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

SOFOMES No Reguladas (ENR)

Son aquellas sociedades en cuyo capital no participan Instituciones de Crédito o Sociedades Controladoras de Grupos Financieros de los que formen parte instituciones de Crédito.  Estas sociedades deben agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de objeto múltiple" o su acrónimo "Sofom", seguido de las palabras "entidad no regulada" o su abreviatura "E.N.R.".

Las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas no están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Cabe señalar que en su operación, tanto las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, como las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, se encuentran sujetas a las siguientes Leyes y Disposiciones:

      • Ley  General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito;
      • Ley de Protección y Defensa del Usuario de Servicios Financieros y Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, en cuanto hace a la protección y defensa de los derechos e intereses del público usuario de estas operaciones de crédito;
      • Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Disposiciones de Carácter General a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 95- Bis de Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

 

  • Estructura Financiera del Sector

Al 31 de diciembre de 20121, existían 21 Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas, con las siguientes características:

Sus Activos Totales ascendían a 69,368,536 miles de pesos, de los cuales 59,858,112 miles correspondían a la Cartera de Crédito Total; sus Pasivos Totales sumaron 58,501,755 miles y su Capital Contable 10,866,781 miles.

De sus principales Indicadores, destacan los siguientes: un IMOR2 de 3.64%; un ICOR3 de 118.42%; un ROA4 de -1.27%; y un ROE5 de -7.23%.

*   *   *   *   *


1 Fuente: CNBV

2 IMOR= Índice de Morosidad

3 ICOR= Índice de Cobertura

4 ROA= Rendimiento sobre Capital

5 ROE= Rendimiento sobre el Activo

 

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