La producción conceptual en las aulas universitarias
Considero que se debe hablar obligatoriamente de los alumnos, los maestros y la relación que entre ellos se genera, como componentes inmediatos, de una relación que, encuadrada en circunstancias de tiempo y lugar ubicables y por tanto, con un entorno definido y definitorio.
Antes que ninguna otra situación venga a esta charla debo agradecer a todos y cada uno de mis maestros, todos procuraron dejar su impronta en este su alumno, y por ello manifiesto mi gratitud.
Mi formación profesional transcurre mediante la didáctica tradicional, método actualmente muy criticado, pero que con él se han formado incluso algunos de sus grandes detractores, no pretendo criticarlo, es muy posible que conceptualmente pueda ser mejorado, superado y rebasado incluso; como todo conocimiento humano. La participación de los alumnos es escasa y a veces nula, hecho totalmente criticable.
La acción del maestro no siempre es la mejor, pero fue suficiente para despertar la inquietud de investigar por mi cuenta, muchos de los conceptos que de manera muy superficial se tocan en las aulas, y que generan más inquietudes que certezas.
Como todo fenómeno, de los que se presentan en el proceso enseñanza-aprendizaje se ubica en una genérica aula de clase, dentro de un grupo social; con las exigencias sociales del propio grupo, con las leyes que lo regulan y la historia de este grupo social definido.
Partiendo de estos datos intento discernir las consecuencias de este fenómeno y de ser posible proponer medidas para encausar las acciones tendientes a revertir esto, logrando mejores resultados de los que en la actualidad se presentan; esto es, individuos que manejen con mucho mejor eficiencia y eficacia la producción de conocimientos en derecho.
Como acertadamente lo afirma Eduardo López Betancourt, en su Pedagogía Jurídica en la Pág. 115: “Formar un abogado que piense críticamente, un abogado independiente, que defienda sus convicciones, constituye una aspiración legítima de la sociedad.” Hay hartura de abogados sumisos, abyectos, que solo están tratando de seguirle la corriente a sus superiores, o bien aceptando la corrupción que priva en los tribunales. Es un espécimen de abogado, que repulsa la sociedad.” Con estas palabras se deja claro la necesidad de educar a los profesionales del derecho para ser maestros y expertos en la formación y transformación de los conceptos, enfatizando estas últimas actividades por las razones que quedan al descubierto con la teoría de las revoluciones científicas; específicamente en la obra de Thomas Kuhn “La estructura de las Revoluciones Científicas”, en la que deja claro que los conceptos no son mejores ni peores, ni bueno ni malos; solo notablemente diferentes: NO ES LO MISMO el geocentrismo que el heliocentrismo, el humanismo que el fideísmo: cada uno tuvo su vigencia y su influencia en época y lugar determinados y la sustitución de uno por otro significo una revolución en el terreno de la ciencia. Por ello debemos aprehender a pensar en los elementos integrantes de los conceptos y contrastarlos con la realidad, finalmente estos(los conceptos) son constructos humanos y por tanto perfectibles y adaptables a la sociedad según las necesidades del propio grupo.
Acciones que ubiquen al estudiante de maestría en la tradición de derecho, en la que se está formando, conocer ¿cuáles son los mecanismos reales de formación del derecho? en esta tradición y ¿quiénes son los principales hacedores de este derecho?, en la tradición en que se ubiquen.
En este aspecto y con la finalidad de iluminar este intento, transcribo las palabras de Eduardo López Betancourt, en su Pedagogía Jurídica en la Pág. 113 y Siguientes “La enseñanza constantemente ha estado vinculada a la información y contribuye a la formación de una mejor concepción del mundo, del hombre y de la vida. Esto explica el planteamiento que la didáctica tiene, o sea la enseñanza; en la didáctica se incluyen el aspecto educativo del proceso docente y las condiciones que propician el trabajo activo y creador de los alumnos, primordialmente, lo que orienta su desarrollo intelectual.” Lo resaltado es propio
Las actitudes de maestros y alumnos me recuerdan constantemente el cuento de Jorge Luis Borges Titulado Funes El Memorioso. “Había aprendido sin esfuerzo el inglés, el francés, el portugués, el latín. Sospecho, sin embargo, que no era muy capaz de pensar. Pensar es olvidar diferencias, es generalizar, abstraer.”
Biblio3.url.edu.gt/libros/Borges/el_memorioso.pdf pág.96 petrotecnia~junio, 2004. Lo resaltado es propio
La ausencia de estas actitudes, descritas en los dos párrafos anteriores, me lleva a concluir que existe una disfunción en el proceso de conceptualización al que se orienta la transmisión de conocimientos jurídicos y la falta de vinculación del quehacer educativo, con la realidad; situación de la que líneas abajo nos habla Julio Magris.
Más que la memoria es la posibilidad de comunicarnos, de dialogo, lo que nos permitirá crear o recrear conceptos con validez temporal y territorial, cuya aceptación grupal no solo nos evite caer en el caso de la torre de babel de la Biblia(con una sola lengua, es muy factible la comunicación), o las Ruinas Circulares(confusión entre creatura y creador, soñador y sueño) de J. L. Borges; sino que nos permitirá vivirlos con plena aceptación, con plena coincidencia, resaltando el uso de la palabra coincidencia, porque en la tarea de educar, es indispensable dialogar y coincidir. Como nos lo señala Edgar Morín quien en su obra “Los Siete Saberes Necesarios Para La Educación del Futuro”, publicado por la UNESCO. Afirma: “Es muy diciente el hecho de que la educación, que es la que tiende a comunicar los conocimientos, permanezca ciega ante lo que es el conocimiento humano, sus disposiciones, sus imperfecciones, sus dificultades, sus tendencias tanto al error como a la ilusión y no se preocupe en absoluto por hacer conocer lo que es conocer.” lo resaltado es propio
De los pensamientos anteriormente plasmados se colige que, si en cualquier aula no se da oportuna y cotidianamente el dialogo y, mediante el, la comunicación, no podrá hablarse de acto educativo, podrá existir cualquier otra cosa pero no formación educativa, no habremos concretado el proceso mediante el cual se transmite el conocimiento y en esa medida estaremos regateando o escatimando al alumno la oportunidad de conocer el fenómeno de producción del derecho en la época y lugar en que le toca vivir, y por las mismas razones la oportunidad de participar activamente en este quehacer. Ahora bien no se cuestiona si esta actitud de regatear o escatimar al educando, sea o no consiente o, solo la imitación o reproducción de modelos adquiridos, tema que considero, deberá ser motivo de otro trabajo. Dando al educando la posibilidad ubicar sus conceptos en la teoría que considere más adecuada.
Pretendo resaltar la falta de eficacia y eficiencia que se desarrolla en las aulas cuando se elige el silencio como actitud constante y permanente, por parte de los alumnos que frente al profesor se opacan y apocan por su “falta de conocimiento”; no se acude a las aulas con todas las respuestas, más bien se va en busca de esas respuestas, debemos tomar conciencia de que somos aprendices de una fábrica de conceptos y que sin expresión no estamos ayudando a su producción, es más la entorpecemos. Sabemos que el derecho se ha hecho en el transcurso de los siglos y se ha perfeccionado cometiendo errores y abusos, de forma tal que son las necesidades sociales quienes más han impulsado estos cambios y descubrimientos de conceptos. Pero son las aulas universitarias las que modelan y transforman esos requerimientos sociales en propuestas de ley.
La soberanía del estado (otra expresión de las construcciones humanas) no tiene la relevancia que le otorgamos los países pertenecientes a la tradición del derecho civil, en comparación con, la que le otorgan los países que se adscriben a la tradición del derecho común. En la primera de las tradiciones citadas ha servido para disminuir el poder de los jueces; en la segunda para consolidarlo y en ocasiones para ampliarlo. Según lo afirmado por John Henry Merryman en su obra ya citada: para la primera es el legislador quien crea y recrea el derecho, para la segunda el juez. Sin embargo, en ambas es el estudioso del Derecho, la brújula del criterio de jueces y legisladores. Sin importar en que teoría se ubique el intelectual, estudioso o jurisconsulto; toda teoría aporta al descubrimiento de conceptos.
Digo, en la introducción de este trabajo, que en la mayoría de los casos el maestro, se coloca frente a grupo y repite un cumulo de datos que son una verdadera colección de sus lecturas, sin que el alumno se integre al proceso que implica el acto educativo, es el caso del derecho mercantil, materia en la que se habla prolijamente de los títulos de crédito, sin cuestionar ¿cómo se originan?, ¿a qué necesidad social responden?, ¿si nacen en un grupo específico del conglomerado social?, interrogantes que conducen al alumno a entender la razón de ser y, el cómo se generan las normas y, como se generaliza su uso en un grupo social determinado y como trasciende, este uso, las fronteras de un país; preguntémonos ahora: ¿cómo hemos forjado el derecho Mexicano? ¿Podemos entenderlo sin recurrir al derecho Español? Y ¿Se puede entender ambos sin el derecho Romano?
La mayoría de los asistentes a las clases de maestría, ya estamos ubicados en las actividades relacionadas con nuestra profesión, sin embargo, dudo mucho, a la manera de Borges, que conozcamos el concepto derecho, ¿cómo hacemos el derecho con nuestra actividad?, y con mayor claridad, ¿cómo transmitiremos ese conocimiento? Al respecto y con la finalidad de dar claridad a esta experiencia, transcribo la respuesta de Claudio Magris; en una entrevista que le realizara Silvina Friera, en la revista DDOOSS publicada en el sitio web http://www.ddooss.org/articulos/entrevistas/claudio_magris.htm, a la pregunta –“¿Sintió decepción por las reglas de juego de la política? –“Mi malestar respecto de la política no se lo atribuyo a la política en sí, como muchos otros intelectuales que se presentan a elecciones y después se declaran “decepcionados” de la política, como si la política estuviera ahí para engañar a sus almas delicadas. El problema más difícil que pude constatar es la terrible diferencia que existe entre los tiempos de la política, que requiere debates, propuestas, discusiones, contrapropuestas, enmiendas y la velocidad de las transformaciones sociales, que plantean cada día distintos problemas que deberían ser controlados y resueltos políticamente y que cuando encuentran una solución política, en cierto aspecto ya quedaron atrás, porque fueron superados tecnológicamente. El desafío del sistema político actual es conseguir conciliar los tiempos de las transformaciones sociales con el control democrático.”- Podría decir que mis dudas e inconformidades con la educación en el nivel de maestría no lo es con la educación en sí, sino con la falta de: debates, propuestas, discusiones, contrapropuestas, enmiendas, así mismo con la pasividad con la que vemos llegar los reclamos de las necesidades sociales, nuevas o en formación o por el desgaste de las instituciones jurídicas que durante siglos fueron viables y con plena aplicación y no ensayamos respuestas en las aulas que deben ser el laboratorio de donde salgan las vacunas para prevención de problemas mayores. Ejemplo de esto nos lo heredan los propios romanos en el Corpus Juris Civilis, conforme a lo expuesto por John Henry Merryman; quien afirma que: “Las Institutas, otra parte del Corpus Juris Civilis, es básicamente un libro de texto sobre el derecho romano, escrito por académicos del periodo clásico.” nace como una obra pedagógica y se hace ley. La Tradición Jurídica Romano-Canónica John Henry Merryman, Ed. Fondo de Cultura Económica pág. 114 México 2012.
Son estas las razones para preguntar ¿qué aprehendí en las clases de maestría? No debería adquirir las habilidades para cuestionar la realidad operante en la circunstancia que me tocó vivir, y partir de estas habilidades para encaminar a los que compartan el sendero de la enseñanza conmigo, cuando me ubiqué, frente a un grupo de aspirantes al grado de Maestro; en varias ocasiones escuche a mis Maestros decir, voy a compartir con ustedes mi experiencia en los foros, en el ejercicio libre de la profesión, en tratándose de la licenciatura, en la maestría solo en dos casos escuche cuestionamientos tales como ¿de qué forma hacen ciencia?
¿A que vienen a esta Maestría? Como se aprecia, tampoco hay correlación entre la exigencia social y la respuesta de quienes estamos involucrados en el proceso de creación del derecho, cuando más, llegamos al reclamo de la inactividad, y cuando ideamos alguna respuesta el problema ya fue superado por otra necesidad o por el nacimiento de otro grupo social que exige respuesta; porque no estamos monitoreando la realidad, porque no la sometemos a debates, propuestas, discusiones, contrapropuestas, enmiendas etc. Al interior de las aulas.
Debe quedar claramente expuesto que no se expone la realidad, con solo estudiar a los teóricos del momento, las leyes vigentes y acumular datos en los registros de la memoria se dice que se está cumpliendo la tarea educativa en el nivel de maestría; esto no es lo que retrata John Henry Merryman en su libro La Tradición Jurídica Romano-Canónica pág. 118 y 119 “Esto es lo que queremos decir cuando afirmamos que el jurisconsulto es el gran hombre del derecho civil. Los legisladores, ejecutivos, administradores, jueces y abogados caen bajo su influencia. El jurisconsulto moldea la tradición del derecho civil y los materiales formales del derecho en un modelo del sistema legal. Enseña este modelo a los estudiantes de derecho y escribe al respecto en libros y artículos. Los legisladores y los jueces aceptan su idea de lo que es la ley y, cuando elaboran o aplican la ley, usan los conceptos elaborados por el jurisconsulto. Así pues, aunque la jurisprudencia (opinión del jurisconsulto) no es una fuente formal del derecho, la doctrina tiene una autoridad inmensa.”.lo resaltado es propio De esta cita se desprende que el teórico debe tomar la realidad, trabajar con ella, pensarla y repensarla, jugar mental y emocionalmente con ella y descubrir cómo y de qué manera es mejor o produce mejoría, a la sociedad en la que se está viviendo y conviviendo; para proponer mejoras a la legislación, a la interpretación de esta, a las doctrinas existentes y en general a las actitudes que tienen que ver con el derecho Todo ello debe tener como centro de desarrollo y de ebullición las aulas de nuestra Universidad; en donde se debe transmitir esta manera de hacer conocimiento del derecho.