Brechas de género en México: cifras que demuestran la desigualdad

image

Escrito por Dalia Berenice Fuentes Pérez


El problema de la desigualdad por razones de género se encuentra bien documentado en las estadísticas, particularmente aquellas que se refieren a “las brechas de género”. Las brechas de género, tal como lo explica la profesora Montserrat Sagot (2017), son desigualdades desproporcionadas entre hombres y mujeres que tienen su origen en el diseño estructural de la sociedad, y que coloca a las segunda en desventaja respecto de las primeras, afectando sus posibilidades de desarrollo.

Conforme al Reporte Global de Brecha de Género (2016) del Foro Económico Mundial, México ocupa el lugar 66 de 144 países evaluados. Aparentemente la situación mejoró respecto del periodo anterior (2015), en que ocupó el lugar 71; el avance se debe a una leve mejoría en el acceso a la educación, lo cual no determina la calidad de la misma.

Lo contrastante es que aun cuando hubo un breve avance en términos de educación (que accedan más mujeres) y que, de hecho, en términos académicos ellas tengan excelente desempeño, las mujeres mexicanas no tienen el mismo acceso y desempeño que los hombres en el ámbito laboral. Esto se demuestra al mirar el subíndice de Participación Económica y Oportunidades que coloca a México en el lugar 122 (.566): el 48% de las mujeres  que son parte de la población económicamente activa (PEA) laboran, en comparación con el 83% de los hombres.

Desde luego, esto es una cadena de eventos desafortunados, pues si las mujeres no tienen acceso al empleo, o lo tienen pero con desventajas respecto de los hombres, sus ingresos sin duda son menores y por lo mismo su situación económica y material. Tal información puede constatarse con las estadísticas de pobreza y género del CONEVAL, 2014).

El trabajo remunerado de las mujeres tiene una tendencia a la alta respecto de la informalidad (trabajo sin contrato como los cuidados, trabajo doméstico, limpieza, etc.). Desafortunadamente, la formalización del empleo tampoco está siendo una salida real a las brechas de género salariales y laborales, entre otras razones, porque el tipo de contratos que tienen no les brindan prestaciones (outsourcing) y les dificulta gozar de estabilidad material.

El CONEVAL indica que el gran porcentaje de actividades de las mujeres sigue siendo en el ámbito informal y lo demuestra con la tasa de mujeres/hombres ocupados sin pago: 106% y 164% en hogares pobres y no pobres, respectivamente.

Hay numerosos factores que inciden en la falta de desarrollo de las mujeres en los ámbitos laborales formales; el más endémico es la violencia de género (especialmente la violencia sexual), que es aquella que se ejerce de forma directa o indirecta en las mujeres con base en las creencias y convicciones que se tiene sobre lo que ellas deben ser o hacer a partir de su sexo, y que inhibe sus posibilidades de permanecer en el mercado. Por ejemplo: los ambientes laborales en donde no se investiga ni sanciona el acoso y el hostigamiento sexual, porque se considera que son cosas que forman parte de la “naturaleza” de hombres y mujeres; en estos casos, los actos de violencia suelen minimizarse y con ello, también se naturalizan y se crea impunidad (en el ámbito público y privado). Del mismo modo, los ambientes laborales donde se “toleran” o incluso fomentan las bromas misóginas o la cosificación del cuerpo de las mujeres (como objetos sexuales) como parte de la convivencia cotidiana (claro ejemplo de esto son los memes que circulan por millones a diario en las redes sociales). Por último, también están los ambientes laborales que, si bien no permiten ese tipo de conductas, sí cierran la posibilidad de que ellas desarrollen su liderazgo ¿cómo?, pensemos en la práctica laboral que indica que los negocios se cierran en las cantinas o en los bares, en horarios donde difícilmente las mujeres asisten o bien, donde, justo por cuestiones de género, se pueden sentir agredidas e incómodas.

¿Qué pasa cuando se quiere denunciar este tipo de violencia? Ya sea en el ámbito laboral del sector público o privado, hablemos de las brechas de género en el acceso a la justicia.

Brecha en el acceso a la justicia

Conforme al Índice de Inseguridad Ciudadana y Violencia de la organización México Evalúa, un 99% de denuncias queda impune (México Evalúa, 2010: 24), no solo en denuncias hechas por las mujeres sino de toda la población. Por su parte, y hablando ya sobre la violencia sexual contra las mujeres, el Segundo Diagnóstico Nacional de Violencia Sexual en México (Comisión Especial de Atención a Víctimas- CEAV, 2016), indica que poco más de 600 mil delitos sexuales son cometidos cada año, 8 de cada 10 víctimas, conforme al registro de las averiguaciones previas son mujeres (CEAV, 2016: 13-14). Qué indica esto, sencillamente que ser mujer en México es un verdadero riesgo y no es algo imaginario, sino lo que la objetividad de las cifras demuestra. Literalmente, la mitad de México está en peligro constante día a día y solo por tener una identidad sexo-genérica específica.

Respecto a la justicia con perspectiva de género vamos cuesta arriba, las autoridades no tienen indicadores desagregados que les permita identificar con precisión las particularidades de estos delitos; menos aún, dar un tratamiento adecuado para evitar que se repitan los patrones que perpetúan la discriminación y la violencia de género (cuya solución no es ni la cárcel, ni las multas).

El mismo informe de la CEAV demuestra la falta de atención que se ha dado al tema sobre la violencia de género en términos de procuración e impartición de justicia: solo 15 Procuradurías de Justicia estatales y 15 Tribunales Superiores de Justicia, compartieron algo de información sobre el tema. La CEAV calcula que de 50 mil casos de violencia sexual investigados (en las Procuradurías), ninguno llega a instancias de impartición de justicia.

Al sistema de procuración de justicia se une una legislación deficiente, como la que vemos en el Estado de Baja California, donde el ejercicio de la acción penal del delito de estupro se extingue si el agresor contrae matrimonio con la víctima (una visión completamente porfiriana). Lo anterior no solo re victimiza a la niña o adolescente agredida, sino que va en contra del artículo 19 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, el artículo 4 de la CPEUM1 y al artículo 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Además, según cifras de la organización Children Internacional, las niñas que se casan antes de cumplir 18 años corren dos veces mayor peligro de sufrir abuso físico por sus maridos; sin olvidar que tienen menos probabilidad de ser atendidas durante un embarazo.2

Las cifras nos demuestran al menos lo absurdo de nuestro sistema jurídico, político y social: se les pide a las mujeres que trabajen pero no se crean las condiciones para que lo hagan en igualdad. Cuando lo hacen y son víctimas de violencia se les indica que “su mejor defensa es la denuncia” pero resulta que no pasa absolutamente nada y sí por el contrario, son re victimizadas o incluso, más violentadas. Luego entonces ¿qué es exactamente lo que se quiere que hagan las mujeres para alcanzar la igualdad? ¿Por qué se piensa que es algo que pueden lograr solas y que la sociedad no tiene responsabilidad en ello?.

Como podemos ver, las brechas que indican cifras nos describen la radiografía de una realidad violenta que es urgente modificar, para ello, es prioritaria la participación de toda la población (no solo de las mujeres) y las acciones de intervención desde edades tempranas, en procesos de educación formal (como las escuelas) e informal (como las familias, la comunidad, etc.).


Bibliografía

• CEAV (2016). Resultados preliminares del Diagnóstico sobre la atención de la violencia sexual en México. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/118490/Resumen_Ejecutivo_diagno_stico_violencia_Sexual_CEAV.pdf
• CONEVAL (2014). Pobreza y género en México: hacia un sistema de indicadores. Información 2008-2012. Disponible en: http://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza-y-genero-en-México.aspx
• México Evalúa (2010). Indice de Inseguridad y Violencia. Disponible en: http://mexicoevalua.org/2010/11/10/indice-de-inseguridad-ciudadana-y-violencia/
• WEF(2016). The Global Gender Gap Report 2016. Disponible en: http://reports.weforum.org/global-gender-gap-report-2016/

Referencias


1 Artículo 4.- “… En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá́ con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos”.

2 https://www.children.org/es/historias/2016/feb/novias-prematuras-los-riesgos-del-matrimonio-infantil

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos