El Uso o Abuso del Derecho

"Al igual que los lobos, los tiranos acaban atacándose entre sí hasta la muerte, aunque al comienzo hayan cazado juntos."
La Columna de Hierro.
Taylor Cadwell.

Nada mas importante para el Estado que tener buenas Leyes Tributarias, de ellas depende en gran medida los ingresos que obtendrá para sufragar su gasto público, tarea difícil ya que representa una parte de los ingresos de los contribuyentes, por lo que deben de tener implícito ciertos principios como son el de proporcionalidad, equidad, legalidad, generalidad, igualdad y no ser confiscatorias, entre otros, pero eso no implica que a la luz de los contribuyentes sean justas, aunado a que dichas leyes se caracterizan por ser complejas y complicadas.

En la actualidad es una labor ardua por parte del contribuyente saber la variedad de contribuciones (impuestos, aportaciones de seguridad social, Derechos, mejoras) a los que está obligado, no nada más a pagar, sino a cumplir ciertas disposiciones de conservación de documentación y proporcionar información, así como permitir o tolerar a la autoridad fiscal correspondiente su verificación.

En la práctica sin lugar a dudas el Derecho fiscal es muy especializado, encontramos infinidad de disposiciones que son interpretadas tanto por el contribuyente, como por la autoridad fiscal y en caso de controversia, serán dirimidas por la autoridad judicial.
Existen infinidad de ofertas por parte de especialistas en el área, en algunos casos se aprovechan de ciertas figuras o herramientas jurídicas sustentadas dentro del marco jurídico, así mismo, encontraremos aquellas que no tienen soporte jurídico y ponen en aprietos y peligro al patrimonio del contribuyente y en algunos casos en riesgo hasta su libertad.

La interpretación de las disposiciones fiscales también compete a las autoridades fiscales, encontramos funcionarios fiscales conocedores y expertos de dichas disposiciones, que son los menos, pero también aquellos que desconocen e interpretan equivocadamente y como consecuencia determinan erróneamente un crédito fiscal lo cual trae implícito, tiempo y dinero en horas hombre para los contribuyentes en justificar su actuación y por parte de la autoridad en desvirtuarlos, sin contar que en algunos casos trae aparejado una gran carga de estrés, de conflictos laborales o de servicios y en el peor de los casos aterrizan hasta la familia, tanto para el contribuyente como para los funcionarios fiscales, ya que estos están sujetos al cumplimiento de ciertos objetivos.

Es así como nuestro sistema jurídico (tributario) si no es justo al menos debe estar en Derecho y al juego de la interpretación, ya sea por parte del contribuyente o la autoridad fiscal correspondiente.

Pero esta relación que se da entre el sujeto activo (autoridad fiscal) y el sujeto pasivo (el contribuyente) debe dejar de lado a aquellos que se dicen tutelar al Derecho tributario, a presiones ya sea a través de reglas misceláneas, a los tribunales administrativos (los judiciales gozan de mayor independencia) a las cámaras, colegios de profesionistas; es a través de ellos que imponen e indican lo que está bien o mal y esto lo encontramos en los criterios no vinculativos, es decir, que para una de las partes de la relación tributaria - la autoridad fiscal – las disposiciones que regulan estos criterios son funestos para aquellos que lo apliquen y por tanto serán perseguidos por su parte.

Para conocer qué sujetos aplican o llevan a cabo lo que regulan dichos criterios, entre otros, se obliga a aquel profesionista que realice el dictamen fiscal del contribuyente a reportarlos, así mismo los conocemos a través de la página del SAT y en algunas ocasiones llegan al extremo mediante cartas invitación masivas a los contribuyentes que en el caso de que estén aplicando dichas disposiciones deberán corregirse por los últimos cinco ejercicios.

Lo anterior, sin que la autoridad judicial se haya pronunciado sobre dichas figuras o herramientas, dándose por parte de la autoridad fiscal la perversidad en el abuso del Derecho.

Dichos tuteladores del beneficio colectivo o defensores de lo que ellos consideran a su juicio está bien, se vuelven tiranos al imponer su criterio, desconociendo la división de poderes, en caso de controversia será la autoridad judicial la que tendrá la última palabra, aunque hemos conocido decisiones de la misma que van contra nuestro ordenamiento jurídico, y en lugar de resoluciones jurídicas se convierten en resoluciones políticas, con el fin de que el Estado no pierda ingresos tributarios.
En nuestro sistema jurídico se encuentran diversos controles Constitucionales o de legalidad para reestablecer el respeto y cumplimiento de dichas normas, nunca las pierda de vista.

Lo anterior es lo que conocemos en materia tributaria como ¡El uso o abuso del Derecho!



Escrito por Luis Eduardo Robles Farrera

Consola de depuración de Joomla!

Sesión

Información del perfil

Uso de la memoria

Consultas de la base de datos