Sistema de pagos Referenciados ante el IMSS (SIPARE)

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Mucho se ha hablado e inclusive especulado sobre este novedoso sistema de pagos, lo cierto es que resulta sin duda de mucho interés para el sector patronal el poder cumplir con sus obligaciones de índole fiscal de manera fácil y práctica, sin pretender que esto solo se convierta en estar proporcionando a las autoridades fiscales cada vez mayor cantidad y detalle en la información que se envía.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en su Informe de Rendición de Cuentas de la administración Pública Federal 2006–2012 (primera etapa) señala que dentro de su Sistema de incorporación y recaudación (DELTA), tenia ya a 2011 un avance del 99% en cuanto al módulo para la liberación del Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), según lo menciona en dicho proyecto DELTA la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Instituto, este proyecto de la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR) menciona dentro de sus alcances el contar con mejor información de los patrones y derechohabientes, disminuir los tramites presénciales y brindar mayores canales de accesibilidad entre otros.

  • Los beneficios que se mencionan de manera general derivados de la implementación del proyecto DELTA son:
  • Optimizar la operación de las áreas de incorporación, recaudación y fiscalización entre otras.
  • Aumentar las facilidades para el cumplimiento de las obligaciones obrero patronales.
  • Contar con servicios en línea para facilitar trámites que ofrece la DIR.
  • Proporcionar a los patrones servicios en línea como pagos de cuotas IMSS Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) e INFONAVIT, obtener estados de cuenta oportunos, realizar aclaraciones, etc.
  • Mejorar el control de las operaciones del Instituto y hacer eficientes sus procesos administrativos y operativos.
  • Contar con una solución integral que permita consolidar la información de las diferentes áreas de la DIR para proporcionar información completa, oportuna y confiable para la adecuada toma de decisiones.
  • Coadyuvar a priorizar la cultura de la calidad y la excelencia en la atención al derechohabiente.
  • Facilitar a los patrones actualizar los movimientos, acotar significativamente los tiempos de gestión y reducir los costos derivados de la operación.

Cabe mencionar que aunque nos estamos refiriendo a los alcances y objetivos del proyecto, dentro del cual se incluye el SIPARE, encontramos otros tales como el desarrollo de la segunda fase del Sistema Único de Dictamen por Internet (SUDINET), la liberación del Sistema Nacional de Dictamen versión 2. (SINADI), la liberación del Sistema de corrección patronal por Internet y control de gestión de corrección, entre otros.

En este entorno tenemos que el SIPARE propiamente se encuentra puesto al servicio patronal, señalando el Instituto en su portal de Internet la información relativa al mismo en la siguiente liga del portal: http://www.imss.gob.mx/patrones/sipare/Pages/default.aspx

Este Sistema de Pagos Referenciados tiene la finalidad de brindar una herramienta que mediante líneas de captura generadas desde el portal del Instituto permita realizar los siguientes pagos:

1.Aportaciones al IMSS de:

a.Cuotas mensuales

b.Diferencias

c.Autocorrecciones

d.Cuotas derivadas de actos de fiscalización

2.Aportaciones de cuotas de RCV

3.Aportaciones de cuotas del INFONAVIT

El SIPARE proporciona las propuestas de pago con una línea de captura, si el patrón tiene incidencias de su personal y el importe a pagar se modifica se deberá de realizar el cálculo a través del programa autorizado por el Instituto y posteriormente generar su formato de pago con línea de captura desde SIPARE.

El Instituto menciona en su portal que a partir del 1º de noviembre de 2012 las propuestas de pago contarán con cuatro áreas importantes de información que son:

  1. Datos patronales
  2. Información general de la propuesta de pago
  3. Detalle de los importes calculados a pagar
  4. Referencia de pago (Línea de Captura)

Es importante considerar que esta fecha se señala únicamente para los efectos de las propuestas de pago, no necesaria implica la utilización del SIPARE, lo cual a diciembre de 2012 no opera todavía.

Es relevante señalar que con el SIPARE ya no será necesario contar con disco de 3 ½" para realizar los pagos de cuotas en las instituciones bancarias, simplemente se trasmitirá el archivo de pago generado por el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), se imprimirá el formato y se pagar con la línea de captura en la ventanilla bancaria o en su defecto a través del portal bancario con el que tenga cuenta el patrón.

La implantación del SIPARE por parte del Instituto no implica que se deje de utilizar el SUA, ya que cuando el patrón no realiza su pago con la propuesta de cédula de determinación (lo cual es muy común) deberá en todo momento determinar sus cuotas a través del SUA, trasmitirlo y generar la línea de captura, y con esta llevar a cabo su pago, lo anterior en concordancia con lo señalado en el primer párrafo de artículo 39 de la Ley del Seguro Social que señala:

Artículo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente.

Vale la pena recordar que los patrones que cuentan con cinco o más trabajadores deben determinar sus cuotas patronales con el sistema informático autorizado por el Instituto, que precisamente es el SUA, y solo los que tienen menos de cinco trabajadores pueden optar por cumplir su obligación de pago utilizando la propuesta de cédula de determinación entregada y elaborada por el Instituto, esto acorde a lo señalado en el último y penúltimo párrafo del artículo 113 del Reglamento de la ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

La implantación del SIPARE se deberá traducir en una simplificación para el sector patronal en cuanto a la forma de llevar a cabo sus pagos de cuotas ante el IMSS, sobre todo para aquello patrones que seguían generando sus archivos en discos de 3 ½ , lo cual resultaba ya algo complicado por la casi desaparición en el mercado de estos discos que, al parecer solo se les daba uso para realizar estos pagos, esperamos en breve que el Instituto haga la difusión correspondiente para el uso generalizado del SIPARE y se perciba por el sector patronal como una herramienta útil para sus procesos de pagos ante el Instituto.


Escrito por Oscar De J. Castellanos V.

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