¿Es universal realmente la “Pensión Universal” propuesta?

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Escrito por Oscar de J. Castellanos Varela


El paquete económico propuesto por el ejecutivo de la nación a principios del mes de septiembre, además de diversas reformas en leyes fiscales, propone la creación de dos nuevas leyes, la primera denominada “Ley de la Pensión Universal” y la segunda “Ley del Seguro de Desempleo”, en esta ocasión nos referiremos a la primera.

El concepto de Pensión Universal está contemplado como parte integrante del primer punto del Pacto por México, el cual se refiere a la Seguridad Social Universal, no confundir ambos términos, ahí se refiere lo siguiente (cita textual):

Se creará una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud y otorgue a cualquier mexicano, independientemente de su condición social o estatus laboral, un conjunto de beneficios sociales procurados por el Estado a través de un Sistema de Seguridad Social Universal que incorpore lo siguiente:

  • Acceso universal a los servicios de salud,
  • Pensión para los adultos mayores de 65 años que no cuenten con un sistema de ahorro para el retiro o pensión del IMSS o ISSSTE,
  • Seguro de Desempleo
  • Seguro de Vida para Jefas de Familia.

En el paquete de reformas propuesto encontramos un gran pendiente en cuanto a lo estipulado en el Pacto por México, que es evidentemente el acceso universal a los servicios de salud, situación no menor, lo cual nos obliga a señalar que la iniciativa del Presidente Enrique Peña Nieto resulta incompleta, y de alguna manera contraria a lo que podría pensarse como una reforma integral en materia de seguridad social, misma que necesariamente debe tender a unificar y universalizar los sistemas de seguridad social existentes. Esta reforma e incorporación de dos nuevas leyes no resultaría a la larga en un primer paso para ello, sino que seguiría fragmentando el acceso a los diferentes beneficios que la seguridad social otorga, dependiendo de en qué sistema se encuentre el beneficiario.

Esta Ley en lo particular tiene por objeto establecer los términos y condiciones para otorgar la Pensión Universal a que se refiere el también reformado artículo 4 de la Constitución, misma que resulta en un pago mensual vitalicio para las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ley.

Los requisitos para ser acreedor a esta pensión son: que se tengan cumplidos 65 años de edad a partir del año 2014 y no tengan el carácter de pensionados; que sean residentes en territorio nacional; tratándose de extranjeros, será requisito haber residido por lo menos 25 años en territorio nacional; queestén inscritos en el Registro Nacional de Población, y que tengan un ingreso mensual igual o inferior a quince salarios mínimos, para lo cual realizarán la declaración correspondiente bajo protesta de decir verdad.

Por lo anterior podemos apreciar que los requisitos implican no solo edad y residencia en el país, sino que existe un ingrediente económico que limita el acceso a la pensión Universal, y es que para las personas que tengan ingresos mayores a 15 salarios mínimos, es decir $971.40 al mes, esta pensión no es opción, lo cual cuestiona abiertamente su universalidad y más bien podría ser parte de una política asistencial, y eso en términos del pacto por México no es lo que se busca, la seguridad social como tal no es asistencial, es una cobertura social que busca fórmulas para ser universal, situación que cada vez resulta más utópica en un país como el nuestro.

El importe propuesto para esta Pensión Universal será de $1,092.00, mismo que se actualizará cada año y cuyo financiamiento se deberá prever en el Presupuesto de Egresos de la Federación, los gastos de administración y de operación de la Pensión Universal serán cubiertos por el Gobierno Federal.

El Secretario de Hacienda Luis Videgaray ha señalado en diversos foros que uno de los pilares fundamentales de la reforma hacendaria es la construcción de un nuevo régimen de seguridad social universal, ¿será este paquete económico el inicio para que esto se dé?     

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